19.02.2013 Views

Codigo%20Civil%20Venezolano

Codigo%20Civil%20Venezolano

Codigo%20Civil%20Venezolano

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

La subenfiteusis no se admite.<br />

Artículo 1.574.- Cada diez y nueve años puede el concedente pedir reconocimiento de<br />

su derecho a quien se encuentre en posesión del fundo enfitéutico.<br />

Por el acto de reconocimiento no se debe ninguna prestación: los gastos son de cargo<br />

del poseedor del fundo.<br />

Artículo 1.575.- El enfiteuta puede siempre rescatar el fundo enfitéutico mediante el<br />

pago de un capital que colocado al interés del tres por ciento anual produzca en un año<br />

una suma igual al canon enfitéutico, o al valor de la misma pensión, si ésta es en frutos,<br />

sobre la base de su precio medio en los diez últimos años.<br />

Las partes pueden, sin embargo, convenir en el pago de un capital inferior a lo dicho.<br />

Cuando se trata de enfiteusis concedida por tiempo determinado que no exceda de<br />

treinta años, pueden también convenir en el pago de un capital superior que no podrá<br />

exceder de la cuarta parte del establecido arriba.<br />

Artículo 1.576.- El concedente puede pedir la entrega del fundo enfitéutico cuando el<br />

enfiteuta no prefiera rescatarlo en los términos del artículo precedente, y si concurre<br />

alguna de las circunstancias siguientes:<br />

1º Si después de interpelado no ha pagado el enfiteuta la pensión por dos años<br />

consecutivos.<br />

2º Si el enfiteuta deteriora el fundo o no cumple con la obligación de mejorarlo.<br />

Los acreedores del enfiteuta pueden intervenir en el juicio para conservar sus derechos,<br />

sirviéndose, en caso necesario, del derecho de rescate que pertenece al enfiteuta y<br />

pueden ofrecer el pago de los daños y dar fianza por lo futuro.<br />

Artículo 1.577.- En caso de entrega del fundo, el enfiteuta tiene derecho a<br />

indemnización por las mejoras que haya hecho en el fundo enfitéutico.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!