19.02.2013 Views

Codigo%20Civil%20Venezolano

Codigo%20Civil%20Venezolano

Codigo%20Civil%20Venezolano

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

El testador no puede someter la legítima a ninguna carga ni condición.<br />

Artículo 884.- La legítima de cada descendiente o ascendiente, legítimos o naturales, y<br />

la del cónyuge, será la mitad de sus respectivos derechos en la sucesión intestada; y<br />

concurren y son excluidos y representados según el orden y reglas establecidos para<br />

dicha sucesión.<br />

Artículo 885.- Cuando el testador dispone de un usufructo o de una renta vitalicia, cuyo<br />

rendimiento exceda el de la porción disponible, los legitimarios pueden optar entre<br />

ejecutar esta disposición o abandonar la propiedad de la porción disponible.<br />

La misma elección pertenece a los legitimarios en el caso en que se haya dispuesto de<br />

la propiedad de una cantidad que exceda de la porción disponible.<br />

Artículo 886.- El valor en plena propiedad de los bienes enajenados en provecho de un<br />

legitimario, a fondo perdido o con reserva de usufructo, se imputará a la porción<br />

disponible y el excedente se colacionará en la masa.<br />

La colación y la imputación referidas no pueden pedirse sino por los legitimarios que no<br />

hayan dado su consentimiento para la enajenación.<br />

Artículo 887.- Se imputarán al cónyuge sobre su legítima, además de todo lo que se le<br />

haya dejado por testamento, todo cuanto haya adquirido por las capitulaciones<br />

matrimoniales y por donación, y a los demás legitimarios, todo cuanto hayan recibido<br />

en vida del de cujus o por testamento del mismo, y que esté sujeto a colación, de<br />

acuerdo con lo dispuesto en la Sección IV, Capítulo III de este Título.<br />

Sección V<br />

De la Reducción de las Disposiciones Testamentarias<br />

Artículo 888.- Las disposiciones testamentarias que excedan de la porción disponible, se<br />

reducirán a dicha porción en la época en que se abra la sucesión.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!