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Skandia Global Funds plc - Self Bank

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<strong>Skandia</strong> <strong>Global</strong> <strong>Funds</strong> <strong>plc</strong><br />

Memoria anual y estados financieros auditados del periodo finalizado el 31 de diciembre de 2011<br />

NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL AÑO FINALIZADO el 31 de diciembre de 2011 (continuación)<br />

17. Derivados y otros instrumentos financieros (continuación)<br />

(c) Riesgo crediticio<br />

El riesgo crediticio es el riesgo a que una contraparte de un instrumento financiero no cumpla con una obligación o<br />

compromiso que ha adquirido en relación a un Fondo. El riesgo crediticio se controla conforme a lo establecido en el<br />

Reglamento sobre OICVM. El objetivo de imponer límites a las contrapartes en un OICVM es asegurar que el OICVM<br />

no está expuesto a una única contraparte de forma desproporcionada. En el caso de fallo de una contraparte, el riesgo de<br />

una pérdida material se reducirá por la diversificación de riesgos. Las operaciones con derivados OTC dan lugar a una<br />

exposición al riesgo de contraparte dado que son contratos bilaterales por IFD que no se negocian en bolsas de valores.<br />

Además, la exposición a una contraparte que hace relación a derivados OTC debe añadirse a otras exposiciones a<br />

instrumentos distintos de IFD a las que pueda estar expuesto un OICVM en relación a una contraparte para asegurar que<br />

no se incumplen los límites generales de exposición a contrapartes, es decir, la exposición total a una única contraparte<br />

derivada de todas las actividades deberá figurar en los sistemas de gestión de riesgos. Las operaciones con IFD se<br />

negocian en bolsas de valores en que hay valoraciones mercado/mercado diarias y márgenes y se consideran libres de<br />

riesgo de contraparte (es decir, derivados negociados en bolsa).<br />

El Párrafo 6 de la Nota 9 de OICVM limita la exposición a contrapartes de derivados OTC a un máximo del 5% el Valor<br />

liquidativo. Este límite se eleva al 10% en el caso de entidades de crédito según lo definido en el párrafo 1.4 de la<br />

Notificación 9 del OICVM. Un OICVM no podrá invertir más de un 10% de sus activos en valores transmisibles o<br />

instrumentos del mercado monetario emitidos por la misma entidad. Un OICVM no podrá invertir más de un 20% de sus<br />

activos en depósitos en una misma entidad. Un OICVM solo podrá realizar una operación con una contraparte cunado:-<br />

<br />

<br />

La contraparte sea una institución de crédito que figure en los subapartados 1.4(i), (ii) o (iii) de la Nota 9 de OICVM o<br />

una sociedad de inversiones, autorizada conforme a la Directiva de servicios de inversión, en un Estado Miembro del<br />

EEE;<br />

En caso de que la contraparte no sea una entidad de crédito, ésta dispondrá de una clasificación crediticia mínima de A2<br />

o equivalente, o el OICVM estime que cuenta con una clasificación crediticia implícita de A2. Alternativamente, una<br />

contraparte sin clasificación crediticia será aceptable cuando el OICVM reciba indemnización por las pérdidas sufridas a<br />

resultas de un incumplimiento de la contraparte, por una entidad que cuente con una clasificación A2 y la mantenga.<br />

El Asesor de inversiones asegura que las calificaciones y límites de las contrapartes se cumplen.<br />

El párrafo 5 de la Notificación 5 del OICVM establece que la exposici8ón al riesgo de una contraparte de un derivado<br />

OTC puede reducirse cuando la contraparte ofrezca al OICVM una garantía colateral, con sujeción a determinadas<br />

condiciones. El Asesor de inversiones será el responsable de asegurar que esta garantía cumple con los criterios<br />

establecidos en la Notificación 10 del OICVM.<br />

El riesgo crediticio también resulta de operaciones con agentes cuando las operaciones estén pendientes de liquidación.<br />

El riesgo relacionado con operaciones no liquidadas se considera pequeño por el corto periodo de liquidación establecido<br />

y la alta calidad del crédito de los agentes utilizados. La Sociedad controla la calificación crediticia y posiciones<br />

financieras de los agentes que se utilizan para mitigar aún más el riesgo.<br />

Sustancialmente todos los activos de la Sociedad los mantiene Citibank International <strong>plc</strong>, Filial irlandesa (el “Custodio”).<br />

La quiebra o insolvencia del Custodio podrá causar la limitación o demora de los derechos del Fondo en relación a unos<br />

valores mantenidos por el Custodio. La Sociedad controla este riesgo controlando la calidad crediticia y posición<br />

financiera del Custodio.<br />

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