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El pueblo mapuche - Folklore Tradiciones

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Como casi todos los pleitos se relacionan con la posesión de terrenos, la intervención delingeniero especial para este servicio, es por lo común de una importancia decisiva en losjuicios entre indígenas y en las explotaciones que se les hacen con demasiada frecuencia; laextorsión ha sido hasta hoy el medio de proceder contra ellos.Se ha dicho en estas páginas que los araucanos, como todos los <strong>pueblo</strong>s de baja cultura, noposeían la noción de criminalidad. En consecuencia, no podía haber entre ellos delitospesquisables de oficio. Todo lo que en las legislaciones adelantadas se comprende como tal,quedaba englobado en el concepto general de extorsión indemnizable.Por eso los caciques justicieros, aún los poderosos que ejercían influencia directa en variastribus, no intervenían en la represión de la delincuencia, ejercicio público que requiere unamentalidad bien desarrollada. La conciencia colectiva del grupo no se sentía impresionadapor los atentados, aunque fuesen abominables, cuando afectaban aisladamente a personasdeterminadas, pero se conmovía cuando perjudicaban a la comunidad entera; en el primercaso, los delitos quedaban impunes o sometidos a un arreglo entre particulares, y en elsegundo actuaba la intervención comunal.Tampoco sabían diversificar los araucanos las funciones judiciales de las administrativas.Como los jefes de agregados familiares acaparaban toda la suma del poder patriarcal, eladministrativo, el judicial y militar, se persuadían de que cualquier funcionario de categoríasuperior en relación con ellos, debía reconcentrar en sí estas atribuciones de orden distinto.«Cuando los caciques araucanos vienen ante el Presidente de Chile a pedirle que los amparecontra los detentadores particulares de sus tierras, proceden así porque no haciendo comono hacen distinción entre los funcionarios gubernativos y los judiciales, se imaginan que eljefe del gobierno, dueño de la fuerza pública, ha de tener los medios, y por consiguiente,facultades para enmendar las injusticias».<strong>El</strong> hábito de muchas generaciones explica que haya persistido hasta hoy esta confusión enel espíritu de los araucanos.Dentro de este criterio tuvieron que ser escasos los hechos considerados nocivos para lacomunidad, criminales en la legislación civilizada. Los cronistas del siglo XVIII losenumeran así:«Los delitos reputados por ellos dignos de algún castigo, son la traición, el homicidio, eladulterio, el hurto y el maleficio. La traición a la patria, es castigada con pena capital, aarbitrio del toqui».

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