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AMPARO EN REVISIÓN 1012/2014<br />

651. Ahora, el Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en su<br />

artículo 59, prevé determinados requisitos para la creación y el cálculo<br />

de las reservas para fondos, los casos en que se ve incrementada y<br />

disminuida, así como un límite a las aportaciones patronales a dichas<br />

reservas, previendo que el contribuyente solo puede realizar<br />

aportaciones hasta el 12.5% del salario anual por trabajador, que declaró<br />

el contribuyente para efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.<br />

652. Al respecto, el mismo artículo 59 del reglamento prevé que las<br />

aportaciones por concepto de servicios ya prestados, serán deducibles<br />

por un monto que no deberá exceder del 10% anual del valor del pasivo<br />

en el ejercicio de que se trate, correspondiente a dichos servicios.<br />

653. Por tanto, si bien las aportaciones a las reservas complementarias son<br />

erogaciones realizadas por el patrón con el fin de asegurar recursos para<br />

cumplir con las obligaciones relativas a las enfermedades y accidentes<br />

profesionales, invalidez, vida y a la cesantía en edad avanzada y vejez,<br />

su constitución resulta complementaria a lo exigido por la Ley del<br />

Seguro Social, siendo el Instituto el obligado a constituir las reservas con<br />

las cuotas pagadas por los patrones y otros sujetos obligados.<br />

654. Ahora bien, como ha quedado expuesto, debe precisarse que los montos<br />

que se erogan por concepto de seguridad social a los que se refiere el<br />

artículo 25, fracción X de la Ley del Impuesto sobre la Renta son<br />

distintos a los gatos que se efectúan por concepto de previsión social<br />

de carácter exento a los que refiere el diverso artículo 28, fracción XXX<br />

del mismo ordenamiento.<br />

655. En primer lugar, no se trata de gastos que necesaria e inevitablemente<br />

deben realizarse conforme a lo dispuesto por la propia ley ni<br />

representan, en sí mismos, la disposición de una parte del patrimonio del<br />

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