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444<br />

Sebastián Calderón Centeno<br />

afecten a la protección de los buques e instalaciones portuarias, utilizados para<br />

el comercio internacional; definir las funciones y responsabilidades respectivas<br />

de todas las partes mencionadas, tanto a nivel nacional como internacional,<br />

para garantizar la protección marítima; garantizar un intercambio y un cotejo<br />

rápido y eficaz de la información relativa a la protección marítima; ofrecer un<br />

método para efectuar evaluaciones de la protección marítima, de modo que pueda<br />

disponerse de planes y procedimientos para reaccionar ante los cambios en<br />

los niveles de protección, y tener la confianza de que existen medidas adecuadas<br />

y proporcionadas para garantizar la protección marítima.<br />

En México, la aplicación del Código pbip le atañe fundamentalmente<br />

a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en su carácter de<br />

autoridad marítima y portuaria en términos de lo dispuesto por la Ley<br />

de Navegación y Comercio Marítimos y la Ley de Puertos vigente, con la<br />

colaboración de la Secretaría de Marina, dependencia del Ejecutivo federal,<br />

a la que le corresponde ejercer la soberanía en el mar territorial, su<br />

espacio aéreo y costas del territorio; ejercer la autoridad para garantizar<br />

el cumplimiento del ordenamiento del orden jurídico en las zonas marinas<br />

mexicanas, así como ejercer funciones de policía marítima para mantener<br />

el estado de derecho en el ámbito de sus atribuciones.<br />

Por otra parte, nuestro país, como integrante de la Alianza para la<br />

Seguridad y la Prosperidad de América del Norte (aspan), pretende mejorar<br />

los sistemas de protección al tráfico de mercancías y personas a través<br />

de las fronteras con México, Estados Unidos y Canadá.<br />

Este acuerdo cuenta entre sus objetivos con la Agenda de Seguridad,<br />

en la que se contempla desarrollar un enfoque común en materia de seguridad,<br />

con el objeto de impulsar acciones para la protección a la región de<br />

América del Norte contra las amenazas externas o bien, para responder<br />

a las amenazas dentro de la referida región o aumentar la eficiencia del<br />

tránsito seguro de bajo riesgo, a través de las fronteras de los tres países<br />

mencionados.<br />

Este documento debe leerse en su aplicación desde las perspectivas<br />

siguientes: la postura de Estados Unidos es que debe haber una frontera<br />

lo más cerrada posible, con el objeto de controlar el problema de la migración,<br />

el trasiego de drogas, en tanto que México considera la necesidad<br />

de que haya una frontera más abierta sobre todo en el ámbito comercial

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