24.04.2013 Views

agendas_comunes

agendas_comunes

agendas_comunes

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

48<br />

Alejandro Poiré<br />

Reforma constitucional en materia de derechos humanos 8<br />

Mediante esta reforma por la que se elevan a rango Constitucional los<br />

derechos humanos y entre otros cambios estructurales, se establece que<br />

la investigación de violaciones graves a los derechos humanos ya no recaería<br />

en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sino en la Comisión<br />

Nacional de Derechos Humanos. Además, al incorporar en la Constitución<br />

expresamente los derechos establecidos en los tratados internacionales,<br />

facilitaría la labor interpretativa de los jueces al resolver juicios de amparo,<br />

pues podrán fundamentar sus sentencias directamente en tratados<br />

internacionales ratificados por México.<br />

Esta reforma es consecuente con la capacidad de adaptación de las<br />

instituciones del Estado para proteger los derechos fundamentales, haciendo<br />

explícita la premisa de que corresponde al Estado prevenir, investigar<br />

y sancionar las violaciones a los derechos humanos e incorpora el<br />

enfoque de derechos humanos como base del sistema penitenciario, lo cual<br />

brinda un tenor renovado a las instituciones de reinserción social.<br />

Esta reforma ya cumplió su trámite en el Congreso de la Unión por<br />

haber sido aprobada en el Senado el 8 de marzo de 2011, y sólo resta su<br />

aprobación en la mayoría de los congresos de los estados. 9<br />

Reformas constitucionales en materia de amparo<br />

Esta serie de reformas hará posible la inclusión, en el ámbito de protección<br />

del amparo, de los derechos fundamentales contenidos en los instrumentos<br />

internacionales ratificados por el Estado mexicano. Además, se<br />

estaría posibilitando que la Suprema Corte de Justicia de la Nación pueda<br />

resolver la separación del cargo de una autoridad y consignarla ante un<br />

juez en caso de incumplimiento injustificado de sentencias de amparo o<br />

que repitan actos ya reclamados.<br />

Una vez aprobada por el Constituyente Permanente, la modificación<br />

de los artículos constitucionales 94, 103, 104 y 107 favorecerán una ma-<br />

8 Esta reforma, finalmente fue aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio<br />

de 2012.<br />

9 Efectivamente fue aprobada por el Congreso y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de<br />

junio de 2011.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!