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454<br />

Gustavo González Hernández<br />

buna representando la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional<br />

(pan) y haciendo énfasis en la intención de la reforma.<br />

En el caso que nos ocupa, para poder describir una situación ideal<br />

del control legislativo de la seguridad nacional, se deberán considerar tres<br />

pasos a seguir: El primero se refiere a una valoración de los antecedentes<br />

o experiencias de evaluación y control parlamentario que se han tenido<br />

por el Congreso de la Unión y en los poco más de cuatro años de funcionamiento<br />

de la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional (cbsn), lo que nos<br />

permitirá contextualizar la nueva estrategia de evaluación. El segundo,<br />

deberá enfocarse a sistematizar las intenciones formales contenidas en las<br />

iniciativas y dictámenes encaminados a dotar de mayores facultades a la<br />

cbsn, como en los dictámenes votados. Por último, establecer un modelo de<br />

texto normativo que cristalice las intenciones legislativas, o sea, que especifique<br />

situaciones y procedimientos que deben existir, así como las potestades<br />

de la parte controladora y las obligaciones de la parte controlada en<br />

esta materia, sin las cuales no podría llevarse a nivel operativo el control<br />

legislativo deseado.<br />

En la tercera etapa deberá describir y clasificar el marco normativo<br />

vigente de la seguridad nacional, de tal suerte que pueda identificar su<br />

estructura material y funcional buscando una comprensión sistemática<br />

del texto normativo.<br />

La cuarta etapa deberá comprender el proceso de comparación entre<br />

las dos situaciones, toda vez que la evaluación es en esencia un proceso<br />

de comparación con fines pragmáticos, y más aún, tratándose de la evaluación<br />

legislativa, la cual no pretende buscar explicaciones científicas de<br />

relaciones causales.<br />

Finalmente, el propósito principal de una evaluación legislativa debe<br />

ser: 1) que las suposiciones causales aún ocultas en la acción legislativa,<br />

queden tan explícitas y tan diferenciadas como sea posible cuando se preparen<br />

nuevas decisiones legislativas; 2) que estén basadas en las mejores<br />

teorías y la información más fiable que pueda obtenerse con esfuerzos<br />

razonables; y 3) que su precisión sea examinada después de la adopción e<br />

implementación de la legislación. 8 En ese tenor, la evaluación deberá realizarse<br />

bajo un enfoque propositivo, o sea, haciendo propuestas concretas.<br />

8 Madre, Luzius, “Contribution to the quality of legislation”, en Evaluation on Legislation, ed., Council<br />

of Europe Publishing, Germany, 2001, p. 17.

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