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Sentencia C-355/06 EXCEPCION DE PLEITO ... - Cornell University

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tal suerte que los tratados internacionales sobre derechoshumanos deben interpretarse armónicamente entre sí,partiendo, por supuesto, de los pronunciamientos que sobre losmismos han realizado las instancias internacionalesencargadas de velar por el respeto y garantía de aquéllos.”En conclusión, de las distintas disposiciones del derecho internacional delos derechos humanos que hacen parte del bloque de constitucionalidadno se desprende un deber de protección absoluto e incondicional de lavida en gestación; por el contrario, tanto de su interpretación literal comosistemática surge la necesidad de ponderar la vida en gestación con otrosderechos, principios y valores reconocidos en la Carta de 1991 y en otrosinstrumentos del derecho internacional de los derechos humanos,ponderación que la Corte Interamericana de Derechos Humanos haprivilegiado.Dicha ponderación exige identificar y sopesar los derechos en conflictocon el deber de protección de la vida, así como apreciar la importanciaconstitucional del titular de tales derechos, en estos casos, la mujerembarazada.7. Los derechos fundamentales de las mujeres en la ConstituciónPolítica Colombiana y en el derecho internacional.La Constitución Política Colombiana de 1991 efectuó un cambiotrascendental en relación con la posición y los derechos de las mujeres enla sociedad colombiana y en sus relaciones con el Estado.Al respecto, es importante recordar lo expresado por la Corte en lasentencia C- 371 de 2000:“ La situación histórica de la mujer en Colombia. Una brevereseña de los cambios normativos.22- No hay duda alguna de que la mujer ha padecidohistóricamente una situación de desventaja que se ha extendidoa todos los ámbitos de la sociedad y especialmente a la familia,a la educación y al trabajo. Aun cuando hoy, por los menosformalmente, se reconoce igualdad entre hombres y mujeres, noC. No. 102, párr. 56; Caso de la Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni. <strong>Sentencia</strong> de 31 de agostode 2001. Serie C No. 79, párrs. 146 a 148, y Caso Barrios Altos. <strong>Sentencia</strong> de 14 de marzo de 2001.Serie C No. 75, párrs. 41-44.

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