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Sentencia C-355/06 EXCEPCION DE PLEITO ... - Cornell University

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8. La prohibición de la insuficiencia no permite renunciarlibremente al uso del derecho penal y de su efecto protectorsobre la vida humana.9. El deber de protección del Estado comprende también laprotección de la vida del no nacido frente a los peligros queemanan de la familia o del entorno social general de la mujerembarazada, o de las condiciones reales de vida de ella y de sufamilia, todos los cuales obran en contra de la voluntad de lamujer de llevar a buen término su embarazo.10. El deber de protección obliga también al Estado a mantenery fomentar la conciencia pública sobre el derecho a la vida delno nacido.11. Al legislador no le está prohibido por la Constituciónadoptar una estrategia para la protección del no nacido, que enla primera fase de los embarazos conflictivos haga énfasis en laconsejería a la mujer, para impulsarla a continuar con suembarazo. En este punto puede el Legislador renunciar tanto ala amenaza de una sanción penal a partir de indicadores, comoal establecimiento de esas circunstancias indicadoras por mediode terceros.12. La estrategia basada en la consejería requiere de un marcode condiciones que generen presupuestos favorables para quela mujer actúe a favor de la vida del que está por nacer. ElEstado asume toda la responsabilidad sobre la ejecución delproceso de asesoría.13. El deber estatal de protección requiere que la participaciónde los médicos a favor de los intereses de la mujer, tambiénrepercuta en la protección de la vida del que está por nacer.14. Desde la perspectiva constitucional no puede calificarsejurídicamente la existencia de un niño como una causa de daño(Art. 1, numeral 1 LF). Es por esta razón que no se permiteentender como un daño el deber de mantenimiento de un niño.15. Los abortos que se realicen sin que se haya establecido unaindicación luego del proceso de asesoría no pueden serdeclarados como justificados (ni como violatorios de la ley).Los fundamentos irrenunciables del Estado de Derechoimponen que a una circunstancia excepcional solamente se le

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