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Sentencia C-355/06 EXCEPCION DE PLEITO ... - Cornell University

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supuestos, la decisión de retirarlas del ordenamientojurídico tenga como referente esa contrariedad y no elcriterio de política criminal que involucran.”.También, en la sentencia C-939 de 2002 la Corte sostuvo sobre estepunto:“Restricciones constitucionales al poder punitivo del Estado.“5. Respecto del poder punitivo ordinario del Estado, la CorteConstitucional ha reiterado que el legislador goza de ampliacompetencia (libertad de configuración legislativa) paradefinir cuales conductas han de ser consideradas punibles yfijar las penas correspondientes a tales comportamientos. Asímismo, ha indicado que frente al ejercicio de dicha libertad deconfiguración, la Constitución opera como un mecanismo de“control de límites de competencia del legislador, con el fin deevitar excesos punitivos”.“En esta perspectiva, la Corte ha señalado que “ha habidouna constitucionalización del derecho penal porque tanto enmateria sustantiva como procedimental, la Carta incorporapreceptos y enuncia valores y postulados - particularmente enel campo de los derechos fundamentales - que inciden demanera significativa en el derecho penal y, a la vez, orientan ydeterminan su alcance. Esto significa entonces que elLegislador no tiene una discrecionalidad absoluta para definirlos tipos delictivos y los procedimientos penales, ya que deberespetar los derechos constitucionales de las personas, queaparecen así como el fundamento y límite del poder punitivodel Estado. Fundamento, porque el ius punendi debe estarorientado a hacer efectivos esos derechos y valoresconstitucionales. Y límite, porque la política criminal delEstado no puede desconocer los derechos y la dignidad de laspersonas”. Así, la Corte ha entendido que los derechosconstitucionales de los asociados se erigen en límite de lapotestad punitiva del Estado, de manera que su núcleo esencialy criterios de razonabilidad, proporcionalidad y estrictalegalidad, constituyen límites materiales para el ejercicioordinario de esta competencia estatal. Estos criterios seaplican tanto a la definición del tipo penal como a la sanciónimponible.

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