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Sentencia C-355/06 EXCEPCION DE PLEITO ... - Cornell University

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que deben existir regulaciones “destinadas a asegurar que elconsentimiento sea genuino”.Visto lo anterior, debe estimarse que no es posible asimilar el homicidiopietístico justificado (eutanasia consentida) al aborto que se practica encaso de detección de malformaciones genéticas, pues en este último elsujeto pasivo de la acción (el feto), no ha dado su consentimiento ni estáen condiciones de hacerlo, sin que tampoco pueda razonablementeentenderse que su progenitora puede consentir por él, en asunto tanfundamental como el concerniente a la disposición de su vida.4.2.5.4. El aborto eugenésico en el caso en que las malformaciones delfeto lo hacen inviable extrauterinamente.En el fallo el cual nos apartamos la Corte ha considerado que el abortoeugenésico está constitucionalmente justificado solamente cuando lasmalformaciones son de tal magnitud que harían imposible la vidaextrauterina. A juicio de los suscritos, la circunstancia de que lasmalformaciones detectadas en el feto sean incompatibles con la vidaextrauterina no hacían diferente la cuestión de la ilegitimidad del abortoeugenésico, es decir no justifican la conducta abortiva. En efecto,también la eutanasia no consentida es de suyo la forma de anticipar enmayor o menor grado la muerte, y de esta manera ahorrar padecimientosa otro. Empero, ello no exime, según la doctrina de la Corte, el que lajustificación de la conducta eutanásica siga pendiendo de la aceptacióndel sujeto pasivo. Y la razón es obvia: la vida, como derecho primero ysupuesto de todos los demás, es un bien jurídico indisponible.Así pues, siguiendo la propia jurisprudencia de la Corte, los suscritosmagistrados disidentes rechazamos que el aborto eugenésico, cuando lasmalformaciones del feto lo hagan incompatible con la vida extrauterina,pueda estar justificado por la sola decisión o voluntad de la madre delniño por nacer que viene afectado de tales malformaciones. Ello significasimplemente dejar en manos de la madre, por razones de supuesta piedad,la disposición sobre la vida de su hijo. De allí a justificar en cualquiercaso el homicidio por piedad de personas nacidas, prescindiendo de lavoluntad de quien padece los sufrimientos incurables, no hay sino unpequeño paso; lo anterior por cuanto tan ser humano es la personamalformada nacida como la no nacida, por lo cual la eutanasia noconsentida, como el aborto eutanásico o eugenésico, implican en amboscasos la misma conducta: la de disponer impunemente de la vida de unser humano indefenso.4.2.5.5. El aborto eugenésico o eutanásico y los derechos de la madre.

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