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Marcando Territorio - Justicia Viva

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138MARCANDO TERRITORIO - PROGRESOS Y LIMITACIONES DE LA TITULACION DE TERRITORIOS INDIGENAS EN LA AMAZONIAA fines de 2004 la Comisión Nacional reportaba la previsión de seis titulacionescomunales y mencionaban 50 solicitudes. 105 Por su parte, el informe nacionala la OIT de la República Bolivariana de Venezuela del año 2004 da cuenta de 12propuestas de titulación a corto plazo en beneficio de 271 comunidades indígenas.Sin embargo, en octubre de 2005, el informe de PROVEA anunciaba ochoexpedientes consolidados, sólo dos más que el año anterior.Esta lentitud operativa puede generar conflictos en el ámbito rural de asentamientoindígena, ya que los pueblos y comunidades han asumido, en muchasregiones, el reconocimiento constitucional como una efectiva recuperación históricade sus derechos territoriales, lo que supone un cambio de actitud hacia cualquieragresión o situación de inequidad en la ocupación o utilización de sus hábitatsy tierras.Por su parte, muchos campesinos precarios y otros terceros acostumbrados autilizar y ocupar, como pisatarios 106 (o como simples ocupantes esporádicos depastos en tierras indígenas) se ven urgidos a consolidar sus derechos ante elanuncio de la demarcación de las tierras. Este cambio de actitud de ambos ladospuede enrarecer el proceso. Existen documentos que dan cuenta de esta tendenciaa la violencia en la sierra de Perijá o entre los Yukpa de Waasama (informePROVEA 2004). Cuanto más se demore el proceso, es previsible que los conflictosaumenten en zonas y entre actores entre quienes nunca antes hubo un nivel importantede tensión.Notas1 Recientemente escuchábamos una explicación muy a propósito a un dirigente kandozi duranteun taller sobre derechos humanos; decía, “nuestro territorio no es un campo para sembrar cebollas,es la tierra que nos da la vida y sin ella no tenemos ningún derecho que nos sirva para nada”.2 La Constitución Boliviana vigente es de 1967, pero fue modificada en 1994.3 Aunque después la Ley INRA (Ley 1.715) equipara expresamente el concepto de territorio delConvenio 169 y el de Tierras Comunitarias de Origen (TCO) parece que el neologismo trataba deeludir el problema político que contiene el término territorio.4 En Bolivia se identifica como región Oriente a la parte del territorio correspondiente a las cuencasde los ríos Amazonas y La Plata.5 En el Perú la Defensoría ha emitido informe señalando que la llamada Resolución de Reconocimientoes un trámite no constitutivo sino probatorio.6 Un controvertido pero muy respetado dirigente cruceño, explicaba que un certificado de lasubprefectura como instrumento idóneo para reconocer a un pueblo histórico, como el Guarayo,venía a ser como si un albañil otorgase títulos profesionales de arquitectura.7 Es el caso de la modalidad de Saneamiento Simple para unidades de corte comunal.8 La multiétnicidad y pluriculturalidad del país están ya reconocidas en la Constitución vigente enPerú, pero no a la hora de definir la esencia de la República sino como la dimensión donde semueve esa garantía fundamental de la persona que es su derecho a una identidad étnica. Dentrode las propuestas de reforma constitucional de AIDESEP se ubica el reconocimiento de esa composiciónplural del Perú en tres espacios: en la definición de la República, en un nuevo capítulode derechos colectivos de los pueblos indígenas y en el lugar actual, esto es, como derecho fundamentalde la persona. Respecto al reconocimiento del sujeto Pueblos Indígenas, la propuesta de

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