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Marcando Territorio - Justicia Viva

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200MARCANDO TERRITORIO - PROGRESOS Y LIMITACIONES DE LA TITULACION DE TERRITORIOS INDIGENAS EN LA AMAZONIAción a la posible alianza) y su capacidad de gestionar los grandes paisajes públicoscon la solvencia necesaria. De ahí que prefiera entregar la administración ainstituciones privadas conservacionistas que supuestamente cuentan con condicionestécnicas adecuadas pero que, sin duda, proveen recursos financieros a lasinstituciones estatales y suelen ser “comprensibles” a la hora de aceptar decisionesde Estado respecto a la inversión privada en cualquiera de sus modalidades.Así las cosas, el tema parece que exige un replanteamiento donde ambas partesflexibilicen sus posiciones. Para los pueblos indígenas, como se verá, existe unpatrimonio público de reservas ya creadas o en proceso de serlo, que podríanquedar bajo su cargo y que incrementarían significativamente las áreas accesiblesa los usos tradicionales junto con el total de lo titulado para comunidades nativas.Para el Estado no hay duda de que incrementando la participación de lospueblos indígenas en la gestión del patrimonio de Áreas Naturales Protegidas,con reglas serias que les permitan acceder a los usos tradicionales y controlar concierto nivel pactado de autonomía la administración de las áreas, podría mejorarel control de ese patrimonio. Actuando contra los indígenas es muy dudoso quela conservación de las áreas llegue a buen puerto.Se trata, como a continuación se verá, de un patrimonio de una magnitud eimportancia tan significativa que debiera llamar a la reflexión a los actores interesados.A continuación presentamos un panorama general del estado de la cuestión.Los inicios de la conservaciónLa legislación nacional respecto a la protección de ciertas especies (como la vicuña)o espacios (las islas guaneras del litoral) data de las primeras décadas de larepública. En cambio, las normas y estrategias referidas a las Areas NaturalesProtegidas son muy recientes. La primera de ellas fue incluso declarada antes deque existiese una ley específica sobre la materia; es el caso del Parque Nacionalde Cutervo, de 1961. La Ley Forestal de 1963 (D.L. 14.552) sentó la primera basejurídica para abordar esta materia. No obstante, la creación de los PN de Cutervoy Tingo María, el segundo de la lista, fue producto de iniciativas personales deparlamentarios para proteger una especie (el guácharo, Steatornis caripensis), antesque de decisiones meditadas sobre la necesidad de conservar (Dourojeanni1990: 318).En 1964, con el concurso del experto belga Paul Pierret, del Proyecto FAO/PNUD, quien creó la Facultad de Ciencias Forestales en la Universidad NacionalAgraria, se inició una etapa más profesional para formular propuestas de ANPmás apropiadas. Entonces se empezaron a tomar en consideración criterios comorepresentatividad, sobre la base del mapa ecológico de Tossi, especies en peligro,viabilidad socioeconómica de las áreas, tamaño, forma e interés turístico, entre

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