13.07.2015 Views

Marcando Territorio - Justicia Viva

Marcando Territorio - Justicia Viva

Marcando Territorio - Justicia Viva

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

170MARCANDO TERRITORIO - PROGRESOS Y LIMITACIONES DE LA TITULACION DE TERRITORIOS INDIGENAS EN LA AMAZONIANotas1 Sobre el tema, ver la segunda parte de este libro.2 La presentación de las comunidades andinas en este texto se justifica por ser el antecedente directopara la introducción al ordenamiento jurídico nacional de la institución denominada “comunidadnativa”, la unidad a la que el sistema peruano otorga los derechos territoriales. Existen análisisdetallados sobre esta temática. Ver, por ejemplo, Las comunidades campesinas del siglo XXI,Allpa, Lima 2004.3 Con este precedente constitucional, la Ley Nº 26.505 planteaba como amenaza real la posibilidadde declarar abandonadas las tierras indígenas de acuerdo con criterios no definidos, pero que,por lo mismo, pudieran concretarse de manera arbitraria.4 Para un análisis detallado del contenido e intenciones de esta ley, ver García 1995.5 En Bolivia, evangélicos de diferentes confesiones consiguieron tierras en los territorios indígenasde los pueblos Sirionó (departamento del Beni) y Wehenayek (Santa Cruz) con fines de enseñanzareligiosa y de ayuda humanitaria. No obstante, tiempo después manejaron las tierras como propiaspara desarrollar actividades agropecuarias e intentaron negociarlas con foráneos. (Para elcaso de los Sirionó, ver Lehm 1991.)6 El estimado corresponde al 1974, año en que se elaboró el cuadro. Los cálculos actuales triplicanlas cifras en muchos casos.7 Los nombres entre paréntesis corresponden a las denominaciones que se les daba a estos puebloshace 30 años, las cuales han sido cambiadas por los propios indígenas, ya que muchas veces eranapelaciones peyorativas.8 En la actualidad, este pueblo ha asumido una identidad integrada con los Shipibo, por lo que seusa el nombre de Shipibo-Conibo.9 En realidad, este caso no debería estar incluido en el presente cuadro, ya que no se trata de unareserva sino de un título de propiedad otorgado como una excepción a la regla. En efecto, unasentamiento de los Uni, por gestión personal de su representante ante el presidente de la República,recibió personería jurídica y un título de propiedad de 6.328 hectáreas, en 1955, de acuerdoa la legislación de comunidades indígenas, rebautizadas años más tarde como campesinas.10 En realidad, los Yagua y los Bora son pueblos diferentes. Al parecer se habría tratado de una reservaotorgada a un asentamiento que congregara población de ambas identidades.11 El DL 20.653, de 1974, fue la primera ley de comunidades nativas. En 1978 fue reemplazado porel DL 22.175, aún vigente a pesar de haber sido modificada.12 En efecto, en 1975 se promulgó el DL 21.147, Ley Forestal y de Fauna, que declaró de dominiopúblico los recursos forestales, que incluyen los suelos de protección y los de aptitud forestal.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!