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Marcando Territorio - Justicia Viva

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258MARCANDO TERRITORIO - PROGRESOS Y LIMITACIONES DE LA TITULACION DE TERRITORIOS INDIGENAS EN LA AMAZONIAmiria. Por su parte, las comunidades siguen siendo engañadas con el argumentode la necesidad de hacer planes de manejo para tener acceso y garantíasde explotar determinados recursos. Si bien es cierto que se hanaprobado algunos de éstos planes en beneficio de pobladores organizados,son muy pocos, considerando las demandas y los esfuerzos realizados porellos, así como también la inversión de tiempo y recursos puesta por programasprivados. 48d. El caso de la Reserva Nacional (RN) Allpahuayo Mishana, declarada en2004, nos devuelve otra vez al campo de la colaboración fructífera que sedebe establecer entre pobladores y ANP; o dicho de otra manera, de laconcordancia que debe existir entre la actividad de la gente que vive de losrecursos del monte y una normativa inteligente, socialmente asumida, querompa las arbitrariedades impuestas por un mercado, preocupado exclusivamenteen el lucro a corto plazo, que no le da importancia a la suerte quecorrerá la población una vez que los recursos hayan sido agotados. Una delas razones del éxito de esta iniciativa se debe a que ella ha sido encargadaal IIAP, que no es una dependencia burocrática sino una institución de investigación,y que a pesar de su corta experiencia en el campo de la promociónsocial, ha incursionado en ella con buen pie por haber contado con elpersonal ad hoc y haber cumplido sus compromisos. Uno de éstos ha sidorespetar los derechos adquiridos de las comunidades, tal como ordena laley, y haber logrado, junto con INRENA, la titulación de las tierras comunales.e. Desde el punto de vista legal, y por lo que atañe al tema de la propiedad,habría que preguntarse ¿cuáles son las diferencias entre comunidades tituladasdentro de ANP (hoy, apenas las de Allpahuayo Mishana, pero deberánser muchas más en el futuro) y fuera de éstas? De acuerdo a la legislaciónactual, en ninguno de los dos casos los bosques comunales son estrictamentede propiedad comunal, en virtud del arbitrario criterio del artículo11º de la Ley de Comunidades Nativas Nº 22.175, modificatoria de laoriginal, que segrega áreas territoriales de acuerdo a capacidad mayor deuso de suelos, otorgando propiedad sobre los de calidad agropecuaria ycesión de uso sobre las tierras forestales. 49 En el caso de las comunidadestituladas dentro de las ANP, tendrán algunas restricciones adicionales, porejemplo, extraer madera rolliza o realizar caza comercial. Pero muchas deesas actividades en territorios titulados tampoco son libres, en términoslegales estrictos, puesto que pasan por la autorización específica del Estado,que debe aprobar planes de manejo presentados por las comunidades.Las comunidades asentadas en ANP de protección estricta están impedidasen general de realizar actividades comerciales, aunque como ventajas

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