Estado y Educación. Luis B. Prieto F..pdf - concursoscultca
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suficiente para reclamar su cumplimiento a los titulares de ese derecho. No<br />
puede llamarse ejercicio de un derecho la extensión de la mano mendicante<br />
para pedir un puesto en una escuela o para conseguir una beca. El <strong>Estado</strong><br />
declaraba paladinamente que era su deber suministrar la educación, pero<br />
no creaba el número de escuelas suficientes para que este deber se cumpliera<br />
y correlativamente el pueblo pudiese hacer efectivo su derecho.<br />
Observa el jurista brasilero Pontes de Miranda, muy acertadamente,<br />
que no debemos confundir “el derecho a la educación con las bolsas (becas)<br />
concedidas bajo el poder de los Antoninos, en Roma, o bajo el poder de<br />
Carlomagno en los siglos del poder católico. No se trata de un acto voluntario<br />
dejado al arbitrio del <strong>Estado</strong> o de la Iglesia sino de un derecho ante el<br />
<strong>Estado</strong>, derecho público subjetivo, o, en el <strong>Estado</strong> puramente socialista e<br />
igualitario, situación necesariamente creada en el plano objetivo, por la<br />
estructuración del <strong>Estado</strong>. La propia estatización de la enseñanza constituye,<br />
en los ciclos evolutivos, un grado avanzado del progreso. Fue lo que se<br />
dio en Roma y en Francia. Lo que ha sido moroso es el proceso de tal intervención<br />
del <strong>Estado</strong>. Surgió en Alemania antes que en Francia pero en aquélla<br />
se estancó.<br />
“Tampoco, continúa Pontes de Miranda, debemos confundir la existencia<br />
de las escuelas públicas con el derecho a la educación. A mediados del<br />
siglo XVII comenzaron las leyes y reglamentos escolares a desligarse del lazo<br />
eclesiástico; aún fue lento el proceso. En los estatutos político-jurídicos, el<br />
decreto a la escuela resultó, pero sin la necesaria subjetividad, sin acción que<br />
lo impusiese. Sólo la filosofía de Hegel condujo a la concepción nueva. La<br />
democracia radical lucha por la expansión de la enseñanza. El socialismo<br />
centralista, en el siglo XVIII, proclamó la escuela igualitaria. La noción de<br />
obligación escolar del <strong>Estado</strong> ganó terreno, venció luego en ciertos países y<br />
llegó al norte”. Y para concluir el mismo autor declara: “A la noción de derecho<br />
natural, de derecho escolar para todos los pueblos, ligada a la teoría<br />
general del derecho, fuera de los límites en que el <strong>Estado</strong> puede ejercer su<br />
actividad, sucedió el <strong>Estado</strong> interesado en la difusión de la enseñanza, o sea,<br />
el <strong>Estado</strong> es responsable de la enseñanza de todos sus ciudadanos y realizador<br />
de la igualdad intelectual (una de las especies de la igualdad material).<br />
128 EL ESTADO Y LA EDUCACIÓN EN AMÉRICA LATINA