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Estado y Educación. Luis B. Prieto F..pdf - concursoscultca

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de la libertad. Por ello, la Constitución tenía para dicho autor el sentido de<br />

un instrumento de afirmación del absolutismo vacilante y no de acercamiento<br />

de la libertad de los pueblos, según lo indica Mirkine Guetzevich.<br />

Las Constituciones modernas, tanto como las de los siglos XVIII y XIX,<br />

aparecieron en momentos de crisis. Fueron expresión de movimientos<br />

revolucionarios, en los cuales era fácil a los constituyentes captar o intuir la<br />

realidad de las aspiraciones populares, para trasladarlas a la Constitución.<br />

Pero, muchas veces las que se consideraron necesidades apremiantes de una<br />

clase social, la menos favorecida, eran negadas por la clase social que la oprimía<br />

y explotaba. Era acertado entonces decir que la realización del derecho<br />

estaba aparejada a la fuerza capaz de imponerse, y ésta estuvo siempre en<br />

manos de las clases dominantes para hacerla pesar sobre los oprimidos. Es<br />

cierto que el momento revolucionario al hacer aflorar las tendencias sociales,<br />

pone en evidencia lo que ha de ser llevado a la Constitución para que<br />

ésta exprese la voluntad del pueblo, pero las Constituciones son siempre un<br />

conjunto de normas con base en una teoría política que busca realizarse,<br />

mediante la dinámica de los hechos políticos, del hacer político y este hacer<br />

se conforma a circunstancias que cambian con el balance de las fuerzas<br />

sociales. Cuando baja la marea revolucionaria que estuvo presente en la<br />

hora de redactar la Constitución pueden aparecer como exagerados algunos<br />

principios y más que todo excesivos los derechos y garantías concedidos<br />

al pueblo, y escasos los deberes que se le imponen. Entonces se dirá que<br />

están en ascenso las fuerzas revolucionarias que quieren imponer una realidad<br />

distinta de la que efectivamente valida la norma constitucional. Esta<br />

realidad captada en los momentos de exaltación puede considerarse como<br />

el subconsciente popular, que aflora para encontrar realizaciones compensatorias<br />

en el acto constitucional.<br />

Sociólogos americanos, al hablar de nuestra realidad, la idearon mezquina,<br />

porque ésta, a pesar de una filosofía practicista y grosera, no es un<br />

hecho que se presenta a todos de la misma manera, sino que requiere una<br />

interpretación que está siempre acorde con la manera de pensar y de sentir,<br />

y particularmente con los intereses del intérprete y con las preocupaciones<br />

de la época. No existe una realidad, sino realidades captadas o intuidas, y<br />

LUIS BELTRÁN PRIETO FIGUEROA 161

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