Principios y directrices recomendados sobre Derechos Humanos y
Principios y directrices recomendados sobre Derechos Humanos y
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PARTE 2.2<br />
cierta que ésta había sido víctima de trata habría<br />
cometido un delito penal, del mismo modo que<br />
una persona que a sabiendas utilizase los servicios<br />
de un tratante para obtener un órgano. La<br />
intención, pues, es el elemento clave en el delito<br />
propuesto en el artículo 19. Aunque puede resultar<br />
difícil encontrar pruebas de un componente<br />
inmaterial como la intención, en el párrafo 235<br />
del Informe Explicativo se prevé la situación en<br />
la que la intención del autor puede inferirse con<br />
certeza a partir de las circunstancias y los hechos<br />
objetivos 184 .<br />
Penalizar el uso de los servicios de una víctima<br />
de trata, sea cuando el usuario conocía o<br />
conscientemente hizo caso omiso del hecho de<br />
que la persona era víctima de trata, concuerda<br />
plenamente con el espíritu de los <strong>Principios</strong> y<br />
Directrices. Aborda un eslabón decisivo de la<br />
cadena de la trata de personas y puede considerarse<br />
un aspecto fundamental de la estrategia<br />
amplia para reducir la demanda de bienes y<br />
servicios producidos mediante la explotación<br />
de personas objeto de trata. Los <strong>Principios</strong> y<br />
Directrices ofrecen un importante marco para la<br />
importante tarea de elaborar los parámetros jurídicos<br />
y normativos de esta estrategia. Obsérvese<br />
que esta cuestión también se examina en el<br />
contexto del análisis de la obligación general de<br />
penalización establecida en el Principio 12 y las<br />
<strong>directrices</strong> conexas.<br />
184<br />
Obsérvese que en su artículo 6 2) f), la Convención<br />
contra la Delincuencia Organizada afirma, en relación<br />
con la penalización del blanqueo del producto del delito,<br />
que: «El conocimiento, la intención o la finalidad que<br />
se requieren como elemento de un delito tipificado en<br />
el párrafo 1 del presente artículo podrán inferirse de<br />
circunstancias fácticas objetivas». El Informe explicativo<br />
del Convenio Europeo <strong>sobre</strong> la trata de seres humanos<br />
cita esta disposición en su examen del artículo 19.<br />
Véase además:<br />
• Enfoque de derechos humanos en la trata de<br />
personas: parte 2.1, secciones 1.1 a 1.5<br />
• Vulnerabilidad a la trata de personas: parte<br />
2.2, secciones 5.1 a 5.7<br />
• Penalización de la trata de personas y los delitos<br />
conexos: parte 2.4, secciones 12.1 a 12.3<br />
108 <strong>Principios</strong> y Directrices <strong>recomendados</strong> <strong>sobre</strong> los derechos humanos y la trata de personas