Principios y directrices recomendados sobre Derechos Humanos y
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En el plano político internacional, dos importantes<br />
documentos de resultados de grandes conferencias<br />
mundiales, la Declaración de Viena 46 y<br />
la Plataforma de Acción de Beijing 47 , definen la<br />
trata como una forma de violencia basada en el<br />
género, al igual que lo hace el importante informe<br />
del Secretario General, Estudio a fondo <strong>sobre</strong><br />
todas las formas de violencia contra la mujer 48 . La<br />
labor de los mecanismos de derechos humanos de<br />
las Naciones Unidas, además de la del Comité<br />
para la Eliminación de la Discriminación contra la<br />
Mujer 49 y del ACNUR 50 , también ha identificado<br />
la trata como una forma de violencia por motivos<br />
de género.<br />
46<br />
Informe de la Conferencia Mundial de <strong>Derechos</strong> <strong>Humanos</strong>,<br />
Viena, 14 a 25 de junio de 1993, A/CONF.157/24,<br />
cap. III, Programa de Acción, parte 1, párr. 18 [en adelante:<br />
Declaración de Viena].<br />
47<br />
Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, adoptada<br />
en la Cuarta Conferencia Mundial <strong>sobre</strong> la Mujer<br />
(A/CONF.177/20), cap. IV, objetivo estratégico D.3,<br />
párr. 131.<br />
48<br />
A/61/122/Add.1, párrs. 135 a 138; Alto Comisionado<br />
de las Naciones Unidas para los <strong>Derechos</strong> <strong>Humanos</strong>,<br />
«Women 2000: The Future of Human Rights», conferencia<br />
impartida en la Universidad de Columbia, 4 de junio de<br />
2000.<br />
49<br />
Por ejemplo, el Comité contra la Tortura recientemente<br />
abordó la trata de personas en sus observaciones finales<br />
<strong>sobre</strong> los informes de los Estados Partes bajo el encabezamiento<br />
«Violencia contra mujeres y niños, incluida la<br />
trata»: Federación de Rusia (CAT/C/RUS/CO/4, párr. 11);<br />
Ucrania (CAT/C/UKR/CO/5, párr. 14).<br />
50<br />
«[La trata] de mujeres y niños para obligarlos a prostituirse<br />
o sufrir otros actos de explotación sexual constituye una<br />
manifestación de violencia por motivos de género, lo cual<br />
podría llegar a constituir persecución», en el marco de la<br />
definición legal de «refugiado». ACNUR, Directrices <strong>sobre</strong><br />
protección internacional: la aplicación del artículo 1A 2)<br />
de la Convención de 1951 o del Protocolo de 1967 <strong>sobre</strong><br />
el Estatuto de los Refugiados en relación con las víctimas<br />
de la trata de personas y las personas que están en riesgo<br />
de ser víctimas de la trata (HCR/GIP/06/07, párr. 19) [en<br />
adelante: Directrices del ACNUR <strong>sobre</strong> la trata]; ACNUR,<br />
Directrices <strong>sobre</strong> protección internacional: La persecución<br />
por motivos de género en el contexto del artículo 1A 2) de<br />
la Convención de 1951 <strong>sobre</strong> el Estatuto de los Refugiados,<br />
y/o su Protocolo de 1967 (HCR/GIP/02/01, párr. 18) [en<br />
adelante, Directrices del ACNUR <strong>sobre</strong> género].<br />
Esta cuestión se examina en más detalle en distintos<br />
lugares del presente Comentario, inclusive en<br />
relación con el Principio 1 y las <strong>directrices</strong> conexas<br />
(derechos humanos de la mujer), el Principio 2 y<br />
las correspondientes <strong>directrices</strong> (aplicación de la<br />
norma de la diligencia debida en el contexto de<br />
la violencia contra la mujer); el Principio 3 y las<br />
<strong>directrices</strong> conexas (medidas contra las formas<br />
de trata que violan la prohibición de la discriminación<br />
por motivos de sexo), y el Principio 13<br />
(investigación, procesamiento y enjuiciamiento de<br />
los casos de trata de personas).<br />
4.3. La trata de personas en<br />
el derecho internacional<br />
humanitario y el derecho penal<br />
internacional 51<br />
El derecho internacional humanitario o «derecho<br />
de la guerra» es una rama del derecho internacional<br />
que regula la conducta en caso de<br />
hostilidades. Un aspecto decisivo del derecho<br />
internacional humanitario es la protección que<br />
ofrece a los civiles que se ven envueltos en un<br />
conflicto armado internacional o interno; esta<br />
protección se añade a la legislación de derechos<br />
humanos, que sigue aplicándose con sujeción a<br />
una derogación legítima 52 . En relación con los<br />
conflictos armados tanto internacionales como<br />
no internacionales, el derecho internacional<br />
humanitario (tanto consuetudinario como<br />
basado en tratados) prohíbe varias prácticas<br />
51<br />
Para más detalles <strong>sobre</strong> la trata de personas en el<br />
derecho internacional humanitario y el derecho penal<br />
internacional, incluida la prohibición legal internacional<br />
de la esclavitud y el sojuzgamiento, véase Gallagher,<br />
International Law of Human Trafficking, cap. 3.<br />
52<br />
A este respecto, véase Licitud de la amenaza o del empleo<br />
de armas nucleares (opinión consultiva), ICJ Reports<br />
1996, pág. 226, párr. 25; Consecuencias jurídicas de la<br />
construcción de un muro en el territorio palestino ocupado<br />
(opinión consultiva), ibíd., 2004, pág. 136, párr. 106;<br />
Actividades armadas en el territorio del Congo (República<br />
Democrática del Congo c. Uganda), fondo, ibíd., 2005,<br />
pág. 168, párrs. 216 a 220.<br />
COMENTARIO<br />
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