Principios y directrices recomendados sobre Derechos Humanos y
Principios y directrices recomendados sobre Derechos Humanos y
Principios y directrices recomendados sobre Derechos Humanos y
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
jus cogens, la obligación no es consuetudinaria y<br />
se aplicará solamente si la imponen los tratados.<br />
La Convención contra la Delincuencia<br />
Organizada extiende a los delitos de trata de<br />
personas el principio de extraditar o enjuiciar 516 .<br />
Los Estados Partes en el Convenio Europeo <strong>sobre</strong><br />
la trata de seres humanos están igualmente obligados<br />
a emprender acciones penales si se rechaza<br />
una solicitud de extradición por un delito<br />
previsto en ese instrumento (art. 31 3)) 517 . Otros<br />
tratados internacionales 518 reiteran la importancia<br />
de este principio.<br />
14.4. Asistencia jurídica/judicial<br />
mutua<br />
Como ya se ha señalado, el éxito de la investigación<br />
y el enjuiciamiento de los casos de trata<br />
de personas a menudo depende de la cooperación<br />
entre Estados para conseguir pruebas que<br />
se encuentran en un país distinto de aquel en<br />
el que se va a llevar a cabo la acción judicial.<br />
Cuando esa cooperación entraña la aportación<br />
de pruebas que necesariamente deben ser admisibles<br />
en el tribunal, o se relaciona con resultados<br />
que sólo pueden conseguirse por medios<br />
coercitivos, en general la cooperación se rige<br />
por las estrictas normas de la «asistencia jurídica<br />
mutua» establecidas en las leyes internacionales<br />
e internas.<br />
516<br />
Convención contra la Delincuencia Organizada, arts.<br />
15 3) y 16 10). Obsérvese que la norma aut dedere aut<br />
judicare se limita, en la Convención, a los casos en los<br />
que la negativa guarda relación con la nacionalidad del<br />
sospechoso.<br />
517<br />
Obsérvese que la disposición se limita a los casos en<br />
los que la negativa guarda relación con la nacionalidad<br />
del sospechoso.<br />
518<br />
Convención de la SAARC, art. VII.4; Protocolo<br />
facultativo relativo a la venta de niños, arts. 4 3) y 5;<br />
Convención Interamericana <strong>sobre</strong> Extradición, art. 8.<br />
Los sistemas de asistencia jurídica mutua a<br />
menudo se establecen en virtud de un tratado<br />
bilateral o multilateral que puede referirse a una<br />
sola cuestión, como el terrorismo, el blanqueo de<br />
dinero o la delincuencia organizada. Un ejemplo<br />
es el régimen establecido en la Convención<br />
para la represión del cohecho de funcionarios<br />
públicos extranjeros en las transacciones comerciales<br />
internacionales de la OCDE. También<br />
pueden concluirse tratados con el objeto de fijar<br />
un marco general de normas dentro de las cuales<br />
dos o más países abordarán las cuestiones<br />
de asistencia jurídica mutua. La Convención<br />
Interamericana <strong>sobre</strong> asistencia mutua en materia<br />
penal y la Convención <strong>sobre</strong> asistencia jurídica<br />
mutua entre países afines de la ASEAN son<br />
ejemplos de este último enfoque. Los tratados de<br />
asistencia jurídica mutua en general recogen lo<br />
siguiente: los tipos de asistencia que van a prestarse,<br />
los derechos de los Estados requirente y requerido,<br />
los derechos de los presuntos delincuentes,<br />
y los procedimientos que deben seguirse en<br />
la formulación, la recepción y la tramitación de<br />
solicitudes.<br />
Los Estados también pueden ocuparse de las<br />
cuestiones de asistencia jurídica mutua en su<br />
legislación interna. Muchos países han aprobado<br />
leyes que los facultan para prestar diversas<br />
formas de asistencia a otros Estados sin necesidad<br />
de relaciones basadas en tratados. La<br />
legislación por lo general prescribe las condiciones<br />
previas y el procedimiento para formular,<br />
transmitir y ejecutar las solicitudes que se reciben<br />
y que se cursan. Algunas leyes designan específicamente<br />
qué Estados extranjeros recibirán<br />
asistencia; otras disponen que la asistencia se<br />
prestará caso por caso.<br />
La Directriz 11.8 de los <strong>Principios</strong> y Directrices<br />
<strong>sobre</strong> la trata de personas se ocupa de la asistencia<br />
jurídica mutua en el contexto de la trata<br />
de personas. Pide a los Estados que examinen<br />
la posibilidad de «instituir la cooperación judicial<br />
entre Estados en las investigaciones y los<br />
COMENTARIO<br />
221