Principios y directrices recomendados sobre Derechos Humanos y
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PARTE 2.3<br />
En el estudio que sigue se examinan tres cuestiones:<br />
en primer lugar, la condición de las personas<br />
víctimas de trata como víctimas de delitos<br />
y de violaciones de los derechos humanos; en<br />
segundo lugar, la penalización de las personas<br />
objeto de trata por delitos relacionados con su<br />
condición y, en tercer lugar, la detención de personas<br />
víctimas de trata por delitos relacionados<br />
con su condición, protección o cualquier otro<br />
motivo. La cuestión de la detención de las víctimas<br />
recibe consideración particular y detallada<br />
debido a la prevalencia de esta práctica y sus<br />
graves repercusiones para los derechos de las<br />
personas objeto de trata, en particular las mujeres<br />
y los niños.<br />
7.2. Las víctimas de trata como<br />
víctimas de delitos y de<br />
violaciones de los derechos<br />
humanos<br />
El Principio 7 no utiliza la expresión «víctima<br />
de delito», ni define esa condición. Se basa,<br />
no obstante, en el entendimiento de que una<br />
persona objeto de trata es víctima de un delito<br />
tal y como se ha definido la expresión en el nivel<br />
internacional:<br />
[Las víctimas de delitos son] las personas que<br />
[...] hayan sufrido daños, inclusive lesiones<br />
físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida<br />
financiera o menoscabo sustancial de los<br />
derechos fundamentales, como consecuencia<br />
de acciones u omisiones que violen la legislación<br />
penal vigente 259 .<br />
Las normas internacionales de derechos humanos<br />
contenidas en tratados no ofrecen un marco<br />
riguroso de protección para los derechos de las<br />
víctimas de delitos 260 . El único instrumento directamente<br />
pertinente en este contexto es una resolución<br />
de la Asamblea General, la Declaración de<br />
<strong>Principios</strong> básicos de justicia para las víctimas de<br />
delitos y del abuso de poder, de 1985. En una<br />
disposición de particular pertinencia para la situación<br />
de muchas víctimas de la trata de personas,<br />
la Declaración señala la importancia decisiva de<br />
que una persona sea entendida como víctima de<br />
un delito «independientemente de que se identifique,<br />
aprehenda, enjuicie o condene al perpetrador<br />
e independientemente de la relación familiar<br />
entre el perpetrador y la víctima» (párr. 2).<br />
La Declaración es explícita en cuanto a que las<br />
víctimas de delitos deben ser tratadas con compasión<br />
y respeto a su dignidad, y a que debe<br />
respetarse plenamente su derecho de acceso a la<br />
justicia y a mecanismos de reparación. También<br />
señala la importancia de que las víctimas tengan<br />
acceso a reparación, aspecto que será examinado<br />
con más detalle en el contexto del Principio<br />
17 y las <strong>directrices</strong> correspondientes.<br />
Además de ser víctimas de delitos, las personas<br />
objeto de trata son también víctimas de violaciones<br />
de los derechos humanos. En el contexto de<br />
violaciones sumamente graves (expresión que<br />
podría incluir los casos graves de trata de personas),<br />
el concepto de víctima ha sido definido en<br />
los <strong>Principios</strong> y <strong>directrices</strong> básicos <strong>sobre</strong> el derecho<br />
de las víctimas de violaciones manifiestas de<br />
las normas internacionales de derechos humanos<br />
y de violaciones graves del derecho internacional<br />
humanitario a interponer recursos y obtener<br />
reparaciones, como sigue:<br />
[S]e entenderá por víctima a toda persona<br />
que haya sufrido daños, individual o colecti-<br />
259<br />
<strong>Principios</strong> fundamentales de justicia para las víctimas<br />
de delitos y del abuso de poder, resolución 40/34 de la<br />
Asamblea General, párr. 1.<br />
260<br />
Una excepción limitada es la contenida en el Protocolo<br />
Facultativo relativo a la venta de niños, cuyos artículos<br />
8 y 9 se ocupan extensamente de los derechos y los<br />
intereses de los niños víctimas de los delitos que recoge<br />
ese instrumento.<br />
136 <strong>Principios</strong> y Directrices <strong>recomendados</strong> <strong>sobre</strong> los derechos humanos y la trata de personas