Principios y directrices recomendados sobre Derechos Humanos y
Principios y directrices recomendados sobre Derechos Humanos y
Principios y directrices recomendados sobre Derechos Humanos y
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
Principio 2 y Directrices conexas:<br />
Responsabilidad de<br />
los Estados 112<br />
Los Estados tienen la obligación, con arreglo al<br />
derecho internacional, de actuar con la diligencia<br />
debida para prevenir la trata de personas,<br />
investigar y procesar a quienes la cometen y<br />
ayudar y proteger a las víctimas de ella. 112<br />
el Estado está obligado a prestar cierto nivel de<br />
asistencia, incluso en aquellas situaciones en<br />
las que no sea el agente primario del daño. Ese<br />
nivel de atención se denomina «diligencia debida»<br />
y se examina en detalle más adelante.<br />
2.1. Propósito y contexto<br />
El Principio 2 confirma que todos los Estados, con<br />
independencia de su lugar en el ciclo de la trata<br />
de personas, tienen la responsabilidad jurídica<br />
internacional de actuar con la debida diligencia<br />
en la prevención de la trata de personas, la investigación<br />
y el enjuiciamiento de los presuntos traficantes,<br />
y la prestación de asistencia y protección<br />
a las personas que han sido víctimas de trata.<br />
Este Principio reitera una norma fundamental del<br />
derecho internacional: el Estado es responsable<br />
de las infracciones del derecho internacional que<br />
puedan atribuírsele directa o indirectamente. El<br />
principio de responsabilidad del Estado, en el<br />
contexto de los derechos humanos, confirma que<br />
2.2. Determinación de la<br />
responsabilidad jurídica<br />
En ocasiones, los Estados se resisten a aceptar<br />
la responsabilidad legal por la trata de personas<br />
y por las violaciones de los derechos humanos<br />
que son parte integral del proceso de la trata.<br />
Pueden argumentar, por ejemplo, que el daño<br />
principal de la trata y otros perjuicios asociados<br />
han sido cometidos por un delincuente o grupos<br />
de delincuentes y no por el Estado propiamente<br />
dicho. También pueden afirmar que han hecho<br />
todo lo posible por prevenir el daño.<br />
Para determinar si existe responsabilidad del<br />
Estado en una situación concreta, hay que formular<br />
dos preguntas:<br />
112<br />
La presente sección se basa en el análisis más<br />
detallado del derecho relativo a la responsabilidad<br />
del Estado en su relación con la trata de personas que<br />
se ofrece en Gallagher, International Law of Human<br />
Trafficking, cap. 4.<br />
• ¿Es la situación, el acto o la omisión atribuible<br />
al Estado?<br />
• En caso afirmativo, ¿supone la situación, el<br />
acto o la omisión una violación de una obligación<br />
internacional de ese Estado?<br />
COMENTARIO<br />
77