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Principios y directrices recomendados sobre Derechos Humanos y

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PARTE 2.4<br />

acusada <strong>sobre</strong> la base de argumentos fiables<br />

de haber cometido delitos graves que pueden<br />

ser enjuiciados en otro Estado, debe ser entregada<br />

a éste para responder por esos presuntos<br />

delitos. Las normas que gobiernan la extradición<br />

también intentan imponer salvaguardias, no<br />

obstante, para garantizar que la persona cuya<br />

extradición se solicita quede protegida de ser<br />

entregada en circunstancias en las que pueda<br />

recibir un trato injusto o ser objeto de represión<br />

en el Estado al que se la extradita 493 . A este respecto,<br />

importa señalar que el proceso de extradición<br />

no es el proceso por el que se determina<br />

la culpabilidad o la inocencia. Son los tribunales<br />

del Estado requirente los que en última instancia<br />

determinarán ese extremo.<br />

Los <strong>Principios</strong> y Directrices <strong>sobre</strong> la trata de<br />

personas también se refieren a otras formas<br />

de asistencia entre países en relación con la<br />

investigación y el enjuiciamiento de delito de<br />

trata de personas. Esas formas de asistencia se<br />

dividen en dos tipos: i) asistencia jurídica mutua<br />

y ii) cooperación oficiosa.<br />

La asistencia jurídica mutua es el proceso al que<br />

recurren los países cuando piden oficialmente a<br />

otros países que faciliten información y pruebas<br />

para los fines de una investigación o un enjuiciamiento.<br />

La asistencia jurídica mutua es un instrumento<br />

de cooperación sumamente formal, porque<br />

generalmente se utiliza cuando un país pretende<br />

obtener pruebas que serán admisibles en un juicio<br />

penal. Por este motivo, funciona con arreglo a<br />

normas diferentes y mucho más estrictas que las<br />

que se aplican a la cooperación menos formal<br />

entre organismos o entre entidades policiales.<br />

Entre los tipos más comunes de asistencia jurídica<br />

mutua cabe citar la obtención de pruebas o<br />

493<br />

Knowles c. Gobierno de los Estados Unidos de América<br />

[2006] UKPC 38 (Consejo Privado de la Corona del<br />

Reino Unido), párr. 12, citado en Nicholls, Montgomery y<br />

Knowles, op. cit., pág. 3.<br />

declaraciones de personas, la localización<br />

e identificación de testigos y sospechosos, la<br />

entrega de documentos judiciales, la ejecución<br />

de registros y confiscaciones, la congelación de<br />

bienes, la entrega de originales o copias certificadas<br />

de documentos y registros pertinentes,<br />

la identificación o localización de los beneficios<br />

procedentes del delito, la facilitación de la presentación<br />

voluntaria de personas en el Estado<br />

requirente, la transferencia de causas, investigaciones<br />

o presos, la transferencia de presos para<br />

que presten declaración, y los testimonios registrados<br />

en vídeo.<br />

La cooperación informal es un instrumento diferente<br />

de cooperación penal internacional, menos<br />

limitado por normas, al que puede recurrirse<br />

además del régimen de asistencia mutua formal.<br />

La cooperación oficiosa permite a los organismos<br />

encargados de hacer cumplir la ley y los<br />

organismos de reglamentación (como las autoridades<br />

fiscales y las entidades reguladoras de<br />

empresas y de servicios financieros), compartir<br />

información y datos directamente con sus homólogos<br />

extranjeros sin exigir la presentación de<br />

una solicitud oficial de asistencia mutua. En este<br />

sentido, la cooperación oficiosa complementa<br />

los regímenes de asistencia mutua oficial. Este<br />

instrumento de cooperación internacional puede<br />

utilizarse antes de que una investigación se haga<br />

oficial y de que se inicien los procedimientos judiciales<br />

propiamente dichos, por ejemplo, para<br />

llevar a cabo actividades de vigilancia o tomar<br />

declaración a testigos voluntarios. En circunstancias<br />

en las que no se requieren medidas coercitivas,<br />

suele ser más rápido, más económico y más<br />

sencillo obtener información o datos de manera<br />

oficiosa que por los canales de asistencia mutua<br />

oficial.<br />

El intercambio de información de esta manera<br />

oficiosa puede hacerse en forma de memorandos<br />

de entendimiento entre organismos homólogos,<br />

redes de oficiales de enlace, intercambio<br />

de información con el extranjero de conformidad<br />

216 <strong>Principios</strong> y Directrices <strong>recomendados</strong> <strong>sobre</strong> los derechos humanos y la trata de personas

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