Principios y directrices recomendados sobre Derechos Humanos y
Principios y directrices recomendados sobre Derechos Humanos y
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PARTE 2.2<br />
En 2003, el ACNUR publicó Violencia sexual y<br />
por motivos de género en contra de las personas<br />
refugiadas, retornadas y desplazadas internas:<br />
Guía para la Prevención y Respuesta. Esas <strong>directrices</strong><br />
abordan específicamente las respuestas<br />
de los Estados en las situaciones de conflicto y<br />
posteriores al conflicto, pues esas circunstancias<br />
dan lugar a que un gran número de personas se<br />
conviertan en refugiados, regresados y desplazados<br />
internos. Para evitar la violencia contra esas<br />
personas, las <strong>directrices</strong> recomiendan lo siguiente:<br />
transformar las normas socioculturales (las funciones,<br />
responsabilidades, expectativas, limitaciones,<br />
oportunidades y privilegios asignados socialmente<br />
a las personas de la comunidad en función<br />
de su sexo); la reconstrucción de los sistemas de<br />
apoyo familiares y comunitarios; la creación de<br />
condiciones para mejorar los mecanismos de<br />
rendición de cuentas; el diseño de servicios y<br />
medios efectivos (registro de todos los refugiados,<br />
entrega de documentos de identidad, evitar el<br />
hacinamiento), e influir en el marco jurídico formal<br />
e informal (capacitar a los trabajadores de la<br />
justicia penal, aplicar la legislación de derechos<br />
humanos, elaborar las sanciones apropiadas) 230 .<br />
5.7. Velar por que las medidas<br />
adoptadas para abordar la<br />
vulnerabilidad NO MENOSCABEN<br />
LOS derechos establecidos<br />
El Principio 3 y las Directrices conexas confirman<br />
que las medidas adoptadas para combatir y prevenir<br />
la trata de personas no deben menoscabar<br />
o afectar negativamente en modo alguno los<br />
derechos humanos. Como se ha señalado en el<br />
análisis relativo a este principio, su presencia implícitamente<br />
reconoce que las medidas adopta-<br />
230<br />
ACNUR, Violencia sexual y por motivos de género en<br />
contra de personas refugiadas, retornadas y desplazadas<br />
internas (1º de mayo de 2003), págs. 35 y 40 a 56 [en<br />
adelante, Guía del ACNUR <strong>sobre</strong> violencia sexual y por<br />
motivos de género].<br />
das en nombre de la respuesta a la trata pueden<br />
tener una repercusión adversa en los derechos<br />
de toda una serie de personas, entre ellas las<br />
víctimas de la trata. Los esfuerzos de los Estados<br />
y otros agentes para reducir la vulnerabilidad a<br />
la trata de personas pueden correr el riesgo de<br />
vulnerar los derechos establecidos. Por ejemplo,<br />
los Estados pueden:<br />
• No distinguir entre los niños que son objeto<br />
de trata y se encuentran en situación de<br />
explotación y los niños que migran por su<br />
cuenta o reciben asistencia de otros para encontrar<br />
empleos en condiciones de no explotación<br />
en los que desean permanecer;<br />
• No distinguir entre las personas que son objeto<br />
de trata y las que emigran por razones de<br />
trabajo, aunque sea ilegalmente;<br />
• Impedir o poner trabas a que los niños, las<br />
mujeres o los miembros de un grupo étnico<br />
o racial particular abandonen el hogar o migren<br />
en busca de trabajo;<br />
• No dar suficiente reconocimiento y protección<br />
a los varones que son víctimas de la trata;<br />
• No prestar la debida atención a todas las<br />
formas de trata, o<br />
• Detener a las víctimas de la trata, particularmente<br />
mujeres y niños, en contra de las normas<br />
de derechos humanos.<br />
El enfoque de la lucha contra la trata basada en<br />
los derechos humanos exige que los Estados y<br />
otros agentes participen en la respuesta a la vulnerabilidad<br />
relacionada con la trata garanticen que<br />
sus acciones promueven los derechos humanos de<br />
las personas y los grupos que son objeto de sus<br />
intervenciones. A este respecto, una orientación<br />
importante son las medidas propuestas en el comentario<br />
al Principio 3 y las <strong>directrices</strong> conexas en<br />
relación con la prohibición de la discriminación, el<br />
derecho a la libertad de circulación y el derecho a<br />
solicitar y recibir asilo en caso de persecución.<br />
120 <strong>Principios</strong> y Directrices <strong>recomendados</strong> <strong>sobre</strong> los derechos humanos y la trata de personas