28.08.2015 Views

LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - DentroDe.com.ar

LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - DentroDe.com.ar

LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - DentroDe.com.ar

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

NORMAS COMPLEMENTARIAS<br />

La información referida en el párrafo anterior tendrá c<strong>ar</strong>ácter de decl<strong>ar</strong>ación<br />

jurada.<br />

Artículo 3º— La Secret<strong>ar</strong>ía deCoordinación Técnica tendrá asuc<strong>ar</strong>go<br />

la gestión administrativa así <strong>com</strong>o la evaluación de los proyectos de<br />

inversión presentados conforme a las pautas establecidas en el Decreto<br />

Nº 1.152/2004 y el <strong>ar</strong>tículo 2º de la presente resolución. A tales fines, la<br />

dependencia mencionada podrá formul<strong>ar</strong> consultas a los organismos<br />

técnicos que result<strong>ar</strong>en con <strong>com</strong>petencia en la materia.<br />

Artículo 4º— Una vez remitidas las actuaciones por la DireccióndeMesa<br />

de Entradas y Notificaciones, la Secret<strong>ar</strong>ía deCoordinación Técnica<br />

procederá al control de la documentación presentada y en caso de<br />

advertirse deficiencias o el cumplimiento p<strong>ar</strong>cial en la confección dela<br />

Guía de Presentación, se intim<strong>ar</strong>á al interesado p<strong>ar</strong>a que subsane dichas<br />

observaciones en el plazo perentorio de cinco (5) días hábiles bajo<br />

apercibimiento de tener por no presentado el proyecto de inversión. El<br />

incumplimiento de la intimación caus<strong>ar</strong>á estado y pondrá fin a la vía<br />

administrativa.<br />

Artículo 5º— A los efectos previstos por el <strong>ar</strong>tículo 11 de la presente<br />

resolución, los sujetos que se hayan presentado, así <strong>com</strong>o los que hayan<br />

resultado favorecidos, deberán acredit<strong>ar</strong> las g<strong>ar</strong>antías respectivas en los<br />

plazos previstos por los incisos a) y b) del precitado <strong>ar</strong>tículo, mediante<br />

documentación fehaciente que deberán present<strong>ar</strong> ante la Secret<strong>ar</strong>ía de<br />

Coordinación Técnica. Dicha dependencia recibirá la documentación y,<br />

si la misma reúne las condiciones previstas por el mencionado <strong>ar</strong>tículo,<br />

la remitirá a la Dirección General de Administración dependiente de la<br />

Subsecret<strong>ar</strong>ía de Administración y Normalización Patrimonial de la<br />

Secret<strong>ar</strong>ía Legal y Administrativa del Ministerio de Economía y Producción<br />

p<strong>ar</strong>a resgu<strong>ar</strong>d<strong>ar</strong> dicha documentación hasta tanto se resuelva la<br />

liberación o ejecución de las g<strong>ar</strong>antías.<br />

Artículo 6º— Concluidas las etapas de evaluación, los sujetos que hubieran<br />

aprobado las mismas, serán notificados de este resultado y luego en el plazo<br />

de cinco (5) días hábiles, deberán acredit<strong>ar</strong> la presentación de las decl<strong>ar</strong>aciones<br />

o <strong>com</strong>probantes previstos por el <strong>ar</strong>tículo 10, tercer párrafo de la Ley<br />

Nº 25.924 a saber:<br />

a) Renuncia de cualquier reclamo administrativo o judicial con relación<br />

a las disposiciones del Decreto Nº 1.043 de fecha 30 de abril de<br />

2003, en concepto de Factor de Convergencia (F.C.) en el m<strong>ar</strong>co del<br />

precitado decreto.<br />

b) Renuncia de cualquier acción administrativa o judicial vinculada con<br />

reclamos con fines impositivos p<strong>ar</strong>a la aplicación de procedimientos<br />

de actualizaciones expresamente prohibidas por la Ley Nº 23.928 y sus<br />

modificaciones y el <strong>ar</strong>tículo 39 de la Ley Nº 24.073 y sus modificaciones.<br />

En caso de no acredit<strong>ar</strong>se los requisitos detallados precedentemente, el<br />

proyecto será desestimado.<br />

NN en su c<strong>ar</strong>ácter de (titul<strong>ar</strong> de la empresa, representante legal y/o<br />

apoderado), constituyendo domicilio especial en .................................... se<br />

dirige a esa Secret<strong>ar</strong>ía, a efectos de present<strong>ar</strong> el formul<strong>ar</strong>io (Anexo II,<br />

Sección II) previsto en la ResoluciónNº ...... de fecha ................ de<br />

... de ................... del Ministerio de Economía y Producción,<br />

en el m<strong>ar</strong>co del régimen creado por la Ley Nº 25.924. En cumplimiento de<br />

los recaudos legales exigibles por el régimen se a<strong>com</strong>paña la siguiente<br />

documentación:<br />

1. Contrato o Estatuto Social de la empresa inscripto ante la Inspección<br />

General de Justicia (u organismo equivalente en la jurisdicción provincial)<br />

1 .<br />

2. Personería que se acredita conforme al Poder General o Especial (lo<br />

que corresponda) adjunto a la presente.<br />

3. Proyecto de Inversión obrante en el interior del sobre cerrado adjunto<br />

conforme a la Guía de Presentación de la ResoluciónNº ... de fecha<br />

.. de .... de .. en original y dos (2) copias y soporte<br />

magnético.<br />

4. Beneficio solicitado: Devolución anticipada del impuesto al valor<br />

agregado o amortización acelerada en el impuesto a las ganancias (lo<br />

que corresponda, habida cuenta que la peticionante deberá tener<br />

presente que aquellos no son acumulables).<br />

Por este medio se autoriza a .................. D.N.I./L.E./C.I. .................... a<br />

realiz<strong>ar</strong> las tramitaciones vinculadas a la presentación del proyecto de<br />

inversión.<br />

Atentamente.<br />

FIRMA....................................<br />

NOTA: P<strong>ar</strong>a el caso en que el Proyecto de Inversión sea realizado por una<br />

Unión Transitoria de Empresas, en la nota dirigida a la Secret<strong>ar</strong>ía de<br />

Coordinación Técnica, se deberán consign<strong>ar</strong> los datos correspondientes a<br />

dicha Unión, detallando las empresas que la conforman.<br />

Cuadro I<br />

Razón Social<br />

Datos de la Empresa<br />

Cuadro I – Decl<strong>ar</strong>ación Jurada<br />

<strong>LEY</strong> <strong>DE</strong> PROMOCIÓN <strong>DE</strong> INVERSIONES EN BIENES <strong>DE</strong> CAPIT<strong>AL</strong> Y<br />

OBRAS <strong>DE</strong> INFRAESTRUCTURA<br />

Número de C.U.I.T.<br />

Año de constitución<br />

Forma Jurídica<br />

Datos de la Empresa<br />

Nº de inscripción en la I.G.J.<br />

SECCIÓNII<br />

Artículo 7º— Los sujetos peticionantes que al 6 de septiembre de 2004<br />

hubieran promovido acciones contra el Estado Nacional en el m<strong>ar</strong>co del<br />

Decreto Nº 1.043/2003 y/o impugnado la prohibición de actualización<br />

prevista por la Ley Nº 23.928 y sus modificaciones y el <strong>ar</strong>tículo 39 de la<br />

Ley Nº 24.073 y sus modificaciones, deberán acredit<strong>ar</strong> el desistimiento de<br />

toda acción y derecho contra el Estado Nacional al momento de la<br />

presentación del proyecto de inversión bajo apercibimiento de tener por no<br />

presentado el mismo.<br />

Calle<br />

Número<br />

Localidad<br />

Código de Provincia<br />

Domicilio Real<br />

Código Postal<br />

Régimen de la Ley Nº 25.924<br />

Buenos Aires,<br />

SECCIÓN I<br />

Teléfono<br />

e–mail institucional<br />

Página web institucional<br />

Fax<br />

A LA SECRETARÍA <strong>DE</strong> COORDINACIÓNTÉCNICA:<br />

Domicilio Legal<br />

1 Aclárase que este requisito deberá present<strong>ar</strong>se en copia autenticada por escribano público y legalizada por el Colegio de Escribanos<br />

respectivo; en cambio los ítems 2 y 3 deberán present<strong>ar</strong>se en original y dos (2) copias.<br />

APLICACION TRIBUTARIA S.A. <strong>IMPUESTO</strong> <strong>AL</strong> V<strong>AL</strong>OR <strong>AGREGADO</strong> / 359

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!