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LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - DentroDe.com.ar

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NORMAS COMPLEMENTARIAS<br />

Promoción de inversiones en bienes de capital y obras de infraestructura. Ley Nº 25.924. Régimen<br />

transitorio<br />

Resolución Nº 266/2004 1 (S.I.C.yM.E.)<br />

Buenos Aires, 04/10/2004<br />

Artículo 1º— Las empresas interesadas en la obtenciónde<br />

los beneficios del Régimen Transitorio p<strong>ar</strong>a el Tratamiento<br />

Fiscal de las Inversiones creado por la Ley Nº 25.924<br />

deberán present<strong>ar</strong>; a los efectos de p<strong>ar</strong>ticip<strong>ar</strong> del concurso<br />

público convocado por la ResoluciónNº 634 de fecha 24 de<br />

septiembre de 2004 del Ministerio de Economía y Producción<br />

y de aquellos a los que se pueda llam<strong>ar</strong> en el futuro dentro<br />

del mismo régimen; una (1) nota dirigida a la Secret<strong>ar</strong>ía de<br />

Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa<br />

del Ministerio de Economía y Producción acorde al modelo<br />

que <strong>com</strong>o Anexo I, con dos (2) hojas forma p<strong>ar</strong>te integrante<br />

de la presente resolución, a<strong>com</strong>pañada por el formul<strong>ar</strong>io que<br />

<strong>com</strong>o Anexo II, con una (1) hoja, forma p<strong>ar</strong>te integrante de<br />

la misma.<br />

La presentación será efectuada ante la Dirección de Mesa<br />

de Entradas y Notificaciones de la Secret<strong>ar</strong>ía de Industria,<br />

Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio<br />

de Economía y Producción, sita en Avenida Julio Argentino<br />

Roca Nº 651, Planta Baja, Sectores 11 y 12, de la Ciudad<br />

Autónoma de Buenos Aires.<br />

La información consignada precedentemente tendrá que<br />

present<strong>ar</strong>se por escrito en original y dos (2) copias.<br />

Artículo 2º— A los fines del proyecto de inversión previsto<br />

por el <strong>ar</strong>tículo 3º del Decreto Nº 1.152 de fecha 2 de<br />

septiembre de 2004 las empresas deberán present<strong>ar</strong>, en<br />

sobre cerrado, la información y documentación detallada en<br />

la Guía de Presentación que <strong>com</strong>o Anexo III, con treinta y<br />

cuatro (34) hojas forma p<strong>ar</strong>te integrante de la presente. La<br />

información y documentación descripta en la Guía de Presentación<br />

deberá present<strong>ar</strong>se por escrito en original y dos<br />

(2) copias y los cuadros de dicho Anexo se present<strong>ar</strong>án<br />

además en soporte magnético el que se incluirá dentro del<br />

sobre cerrado.<br />

Artículo 3º— Establécese que a las catorce horas (14:00<br />

hs.) del día 1º de noviembre de 2004 en el ámbito de la<br />

Secret<strong>ar</strong>ía de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana<br />

Empresa se realiz<strong>ar</strong>á la apertura de los sobres presentados<br />

en el m<strong>ar</strong>co del concurso público convocado por la ResoluciónNº<br />

634/2004 del Ministerio de Economía y Producción.<br />

En dicho acto, se procederá a la apertura de los sobres<br />

presentados que deberán reunir la totalidad de los requisitos<br />

exigidos por la Guía de Presentación, teniendo la información<br />

contenida, c<strong>ar</strong>ácter de decl<strong>ar</strong>ación jurada. Luego se<br />

realiz<strong>ar</strong>á el ordenamiento consolidado de las presentaciones<br />

detallando el número de expediente y el nombre o razón<br />

social de la peticionante.<br />

Artículo 4º— Apruébase la Guía de Presentación de proyectos<br />

que <strong>com</strong>o Anexo III, con treinta y cuatro (34) hojas,<br />

forma p<strong>ar</strong>te integrante de la presente resolución.<br />

Aclárase que los proyectos industriales definidos por el<br />

Título I del Decreto Nº 1.152/2004 deberán reunir la totalidad<br />

de los requisitos detallados en la Guía de Presentación<br />

y p<strong>ar</strong>a el caso de los proyectos a present<strong>ar</strong> por las pequeñas<br />

y medianas empresas, Título II del mismo decreto, deberán<br />

consider<strong>ar</strong>se las excepciones y/o acl<strong>ar</strong>aciones que se detallan<br />

en el Anexo IV, que con una (1) hoja, forma p<strong>ar</strong>te<br />

integrante de la presente resolución.<br />

Artículo 5º— La Dirección Nacional de Industria dependiente<br />

de la Subsecret<strong>ar</strong>ía de Industria y la Agencia de<br />

Des<strong>ar</strong>rollo de Inversiones, ambas dependientes de la Secret<strong>ar</strong>ía<br />

de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana<br />

Empresa, tendrán a su c<strong>ar</strong>go la gestión administrativa así<br />

<strong>com</strong>o la evaluación de los proyectos de inversión presentados<br />

conforme a las pautas establecidas en el Decreto Nº<br />

1.152/2004 y la Resolución Nº 634/2004 del Ministerio de<br />

Economía y Producción. A tales fines, las dependencias<br />

mencionadas podrán formul<strong>ar</strong> consultas a los organismos<br />

técnicos que result<strong>ar</strong>en con <strong>com</strong>petencia en la materia conforme<br />

a las previsiones dispuestas por el <strong>ar</strong>tículo 11 de la<br />

Resolución Nº 634/2004 del Ministerio de Economía y<br />

Producción.<br />

Artículo 6º— Una vez remitidas las actuaciones por la<br />

Mesa de Entradas y Notificaciones de la Secret<strong>ar</strong>ía de<br />

Industria, Comercio y de la Pequeña yMedianaEmpresa<br />

<strong>com</strong>oprimera medida se procederá al control de la documentación<br />

presentada y en caso de advertirse deficiencias o el<br />

cumplimiento p<strong>ar</strong>cial en la confeccióndelaGuía de Presentación,<br />

se intim<strong>ar</strong>á al interesado p<strong>ar</strong>a que subsane dichas<br />

observaciones en el plazo perentorio de tres (3) días hábiles<br />

bajo apercibimiento de tener por no presentado el proyecto<br />

de inversión. El incumplimiento de la intimación caus<strong>ar</strong>á<br />

estado y pondrá fin a la vía administrativa.<br />

Artículo 7º— Apruébase el universo de bienes de capital<br />

susceptibles de ser alcanzados por el régimen creado por la<br />

Ley Nº 25.924 en la medida que aquellos sean utilizados en<br />

las actividades definidas expresamente por los <strong>ar</strong>tículos 2º<br />

y7º del Decreto Nº 1.152/2004 y por el <strong>ar</strong>tículo 13 de la<br />

Resolución Nº 634/2004 del Ministerio de Economía y<br />

Producción que <strong>com</strong>o Anexo V, con diez (10) hojas, forma<br />

p<strong>ar</strong>te integrante de la presente resolución.<br />

Establécese que a los fines del presente régimen se aplic<strong>ar</strong>á<br />

el criterio de vida útil definido en el mencionado Anexo.<br />

Artículo 8º— P<strong>ar</strong>a el cómputo de las inversiones sujetas al<br />

beneficio del presente régimen se podrán incluir adicionalmente<br />

los siguientes rubros:<br />

a) Todas aquellas p<strong>ar</strong>tes, piezas y/o <strong>com</strong>ponentes, accesorios,<br />

instrumental y demás elementos que fueren esenciales<br />

p<strong>ar</strong>a el normal funcionamiento de los bienes<br />

alcanzados por el régimen.<br />

b) Las instalaciones auxili<strong>ar</strong>es contenidas en el predio del<br />

proyecto fabril que result<strong>ar</strong>en esenciales p<strong>ar</strong>a el funcionamiento<br />

del proceso manufacturero. El monto a <strong>com</strong>put<strong>ar</strong><br />

no podrá super<strong>ar</strong> el diez por ciento (10%) del<br />

monto total de inversión sujeto a beneficio.<br />

Artículo 9º— A los fines del régimen creado por la Ley<br />

Nº 25.924 se entenderá por Pequeñas y Medianas Empresas<br />

a aquellas que encuadren en lo establecido por la Resolución<br />

Nº 24 de fecha 15 de febrero de 2001 y la ResoluciónNº 22<br />

de fecha 26 de abril de 2001 ambas de la ex–Secret<strong>ar</strong>ía de<br />

la Pequeña y Mediana Empresa del ex–Ministerio de Economía<br />

y las modificaciones introducidas por la Resolución<br />

1 Publicado en el B.O. del 06/10/2004.<br />

362 / <strong>IMPUESTO</strong> <strong>AL</strong> V<strong>AL</strong>OR <strong>AGREGADO</strong> APLICACION TRIBUTARIA S.A.

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