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presente y futuro - Educación Especial

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ANEXO I: DECLARACIÓN DE SALAMANCA DE PRINCIPIOS, POLÍTICA Y PRÁCTICA<br />

_________________________________ PARA LAS NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES. ___________<br />

71. La distribución de recursos a las escuelas deberán tener en cuenta de manera realista<br />

las diferencias de gastos necesarios para impartir una educación apropiada para los niños<br />

con capacidades distintas. Lo más realista sería empezar por prestar apoyo a las escuelas<br />

que desean impartir una enseñanza integradora e iniciar proyectos piloto en determina-<br />

das zonas para adquirir la experiencia necesaria para la expansión y la generalización<br />

paulatina. En la generalización de la enseñanza integradora, la importancia del apoyo y<br />

de la participación de especialistas deberán corresponder a la naturaleza de la demanda.<br />

72. También se deberán asignar recursos a los servicios de apoyo para la formación de<br />

profesores, los centros de recursos y los profesores, los centros de recursos y los profe-<br />

sores encargados de la educación especial. También se deberá proporcionar la asistencia<br />

técnica adecuada para la puesta en práctica de un sistema educativo integrador. Los<br />

modelos de integración, por lo tanto, deberán estar relacionados con el desarrollo de los<br />

servicios de asistencia a nivel central e intermedio.<br />

73. La puesta en común de los recursos humanos, institucionales logísticos, materiales y<br />

financieros de los distintos servicios ministeriales (educación, salud, bienestar social, tra-<br />

bajo, juventud, etc.) las autoridades territoriales y locales y otras instituciones especiali-<br />

zadas en un medio eficaz de obtener el máximo provecho.<br />

Para combinar los criterios educativos y sociales sobre las prestaciones educativas espe-<br />

ciales se requerirán estructuras de gestión eficaces que favorezcan la cooperación de dis-<br />

tintos servicios en el plano nacional y local y que permitan la colaboración entre las auto-<br />

ridades públicas y los organismos asociativos.<br />

III. Directrices para a acción en los planos regional e internacional<br />

14. La cooperación internacional entre organizaciones gubernamentales, regionales e<br />

interregionales puede desempeñar un papel muy importante en el fomento de las escue-<br />

las integradoras. En función de la experiencia pasada en la materia, las organizaciones<br />

internacionales, intergubernamentales y no gubernamentales, así como los organismos<br />

donantes bilaterales, podrían considerar la posibilidad de aunar sus esfuerzos en la apli-<br />

cación de los siguientes enfoques estratégicos.<br />

75. La asistencia técnica se orientará a ámbitos de intervención estratégicos con efecto<br />

multiplicador, sobre todo en los países en desarrollo. Una de las principales tareas de la<br />

cooperación internacional será apoyar el inicio de proyectos piloto cuyo objetivo sea la<br />

comprobación de los enfoques y la creación de capacidades.<br />

76. La organización de asociaciones regionales o entre países que comparten los mismos<br />

criterios acerca de las prestaciones educativas especiales podría desembocar en la plani-<br />

ficación de actividades conjuntas bajo auspicios de los mecanismos regionales y subre-<br />

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