presente y futuro - Educación Especial
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CAPÍTULO 4: El. IMPACTO EN LA EDUCACIÓN DE LA CONVENCIÓN DE LA ONU<br />
SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD<br />
c) El derecho a la participación en la vida cultural, deportiva y recreativa.<br />
Hay que destacar que estas facetas de los derechos conexos con el derecho a la edu-<br />
cación, lo que persiguen es la garantía y cumplimiento real de estos derechos, a través de<br />
formas de acceso a la educación y a la cultura que no necesariamente están -aunque pue-<br />
den estarlo- conectadas con el sistema educativo formal.<br />
Por lo que respecta a las decisiones en materia de reproducción, está recogido en el<br />
artículo 23 "Respeto del hogar y de la familia", en donde se exige que se tomen las medi-<br />
das efectivas para evitar a discriminación contra las personas con discapacidad en las<br />
cuestiones relativas al matrimonio, la familia, la paternidad y las relaciones personales.<br />
En particular, se exige que "Se respete el derecho de las personas con discapacidad a<br />
decidir libremente y de manera responsable el número de hijos que quieren tener y el<br />
tiempo que debe transcurrir entre un nacimiento y otro, y a tener acceso a información,<br />
educación sobre reproducción y planificación familiar apropiados para su edad, y se<br />
ofrezcan los medios necesarios que les permitan ejercer esos derechos".<br />
Por lo que respecta al derecho a trabajar en igualdad de condiciones, el artículo 27<br />
habla de "el derecho de las personas con discapacidad a trabajar, en igualdad de condi-<br />
ciones con las demás", en un entorno laboral y mercado laboral que sean "abiertos, inclu-<br />
sivos y accesibles a las personas con discapacidad". En este punto se destaca la necesi-<br />
dad de tomar medidas, entre ellas las legislativas que permitan "que las personas con dis-<br />
capacidad tengan acceso efectivo a programas generales de orientación técnica y voca-<br />
cional, servicios de colocación y formación profesional y continua".<br />
Por lo que respecta al derecho a la participación en igualdad de condiciones con las<br />
demás en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte, el<br />
artículo 30 que regula esta cuestión también tiene algún elemento de interés para la edu-<br />
cación. Particularmente en cuanto a:<br />
- Acceso a material cultural en formatos accesibles.<br />
- Acceso a representaciones o servicios culturales (museos, bibliotecas, monumentos, etc.).<br />
- Posibilidad de desarrollo del potencial creativo, artístico e intelectual.<br />
- Reconocimiento y el apoyo de su identidad cultural y lingüística específica (inclu-<br />
yendo lengua de señas y la cultura de los sordos).<br />
Es también relevante que se menciona la necesidad de asegurar "que los niños y las<br />
niñas con discapacidad tengan igual acceso con los demás niños y niñas a la participa-<br />
ción en actividades lúdicas, recreativas, de esparcimiento y deportivas, incluidas las que<br />
se realicen dentro del sistema escolar".<br />
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