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CRITIAS UN MUNDO MITICO --TESOS DOC--

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Sistema político-social de la Atlántida 45<br />

- «Cada mes intercambian también juramentos, los éforos para la ciudad, el rey por sí<br />

mismo. El juramento del rey consiste en que reinará según las leyes fijas de la ciudad<br />

y el de la ciudad en que mantendrá firme la monarquía, mientras él mantenga su<br />

juramento» 84 .<br />

Por último, citar el sistema de decarquías, régimen en el que todo el poder se concentraba<br />

en un consejo de diez oligarcas, y que es impuesto por Esparta después de su victoria en<br />

la Guerra del Peloponeso, sobre todo en las ciudades de Jonia y en las islas del Egeo.<br />

A continuación Platón refiere un grupo de leyes que también serían inspiradas por<br />

Poseidón, dado el orden de presentación de las mismas. En 119c encabeza un nuevo tema<br />

al manifestar que «lo relativo a los puestos de gobierno y los honores (timōn) estuvo<br />

ordenado desde el principio de la siguiente manera». A continuación, afirma que las<br />

disposiciones de los primeros reyes recogidas del dios organizan la comunidad de los<br />

reyes y el sistema de gobierno atlante. Seguidamente, dentro del mismo marco políticoreligioso,<br />

describe el ritual del sacrificio del toro. Una vez terminada la delineación del<br />

ritual cita unas «leyes especiales acerca de los honores de cada uno de los reyes» (120c).<br />

Dichas disposiciones se encuadran claramente dentro del mundo atlante, probablemente<br />

pertenecientes al segundo estadio, pues mientras su parte divina fuera la dominante no<br />

tendrían sentido, ya que obrarían siempre con justicia. Se trata de normas autoprotectoras<br />

que dejan ver el miedo a traiciones internas o a la pérdida del poder hereditario de los<br />

descendientes de Poseidón y Cleito. Platón las desglosa de la siguiente manera: «no<br />

atacarse unos contra otros»; «ayudarse todos en caso de que alguien intentara destruir la<br />

estirpe real en alguna de sus ciudades»; «tomar en común, como antes, las<br />

determinaciones concernientes a la guerra y a otras actividades»; mantener la<br />

preeminencia de los descendientes de Atlas; «ningún rey podía matar a ninguno de sus<br />

parientes, sino contaba con la aprobación de más de la mitad de los diez». Todas ellas<br />

son cláusulas típicas de las alianzas entre estados griegos de entre las que se puede tomar<br />

como referencia el decreto fundacional de la segunda liga marítima que en marzo o<br />

febrero del 377, a propuesta de Aristóteles de Maratón, ratificó la Asamblea Popular<br />

84<br />

Rep. Lacedemonios XV 7.

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