Sección Segunda: Los Actores del Conflito - DHnet
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PRIMERA PARTE SECCIÓN SEGUNDA CAPÍTULO 1<br />
versión en el mejor de los contextos posibles. Asimismo, la huelga dio cuenta de que —a pesar de los doce<br />
años transcurridos desde el paro policial de 1975— al interior de las instituciones policiales, principalmente la<br />
GC, persistían sentimientos de incomodidad, malestar y resentimiento de parte <strong>del</strong> personal subalterno para<br />
con el cuerpo de oficiales. La situación demostraba las limitaciones de la reforma policial iniciada años antes,<br />
que no fue capaz de solucionar muchos de los problemas de fondo de las Fuerzas Policiales.<br />
2.3.4. La creación de la Policía Nacional <strong>del</strong> Perú (PNP)<br />
Culminando el proceso de reorganización de las Fuerzas Policiales, el 6 de diciembre de 1988 se promulgó la<br />
ley 24949 que modificaba los artículos relacionados de la Constitución Política <strong>del</strong> Perú y creaba la Policía<br />
Nacional <strong>del</strong> Perú (PNP). 289 Así se inicia, por lo menos nominalmente, la unificación de las Fuerzas Policiales.<br />
La Policía Nacional asumiría, entonces, la organización y funciones de las Fuerzas Policiales (Guardia Civil,<br />
Policía de Investigaciones y Guardia Republicana), con todos sus derechos y obligaciones (artículo 30). Con la<br />
política definida en este sentido, se dejó atrás la incertidumbre que significó para el personal policial la reorganización<br />
y renovación de cuadros (DIRCOTE 2003).<br />
Luego de la publicación de la norma, el teniente general PNP Octavio Herrera Polo fue nombrado como<br />
el primer director general de la PNP. Unos días después, mediante resolución suprema 006-89/IN, se procedió<br />
a aprobar una nueva estructura orgánica de la PNP. Ésta constaría de las Direcciones Superiores de la<br />
Policía General (antes GC), la Policía Técnica (antes PIP) y la Policía de Seguridad (antes GR). Dicho dispositivo<br />
sostenía que era necesario que la integración de las Fuerzas Policiales en Policía Nacional se realizara<br />
dentro de un proceso gradual.<br />
En efecto, ni la ley ni la disposición demostraron mayores modificaciones: no supusieron un cambio significativo<br />
en la estructura organizativa ni en el desempeño las Fuerzas Policiales. Como relata un oficial, el Gobierno<br />
aceptaría que había sido un error precipitar la decisión de la integración, por lo que en la práctica las<br />
instituciones policiales tuvieron solamente un cambio de denominación. La integración efectiva, idea que<br />
causaba no menores reparos y recelos que la precedente reorganización dentro de los institutos policiales,<br />
sería postergada para una posible solución en el siguiente gobierno. Públicamente, sin embargo, se mantuvo<br />
el discurso y relevó la medida adoptada, por no querer reconocerlo como error político. 290<br />
2.3.5. El mediador y el operativo<br />
Aunque es hasta hoy una figura controvertida, Agustín Mantilla resulta un personaje de interés por la cercanía<br />
que logró entablar en el trabajo cotidiano de la labor policial. Más allá de los diversos cuestionamientos y acusaciones<br />
públicas existentes en su contra —como la de estar involucrado en la creación y dirección <strong>del</strong> llamado<br />
«Comando Rodrigo Franco»—, 291 en estos breves párrafos intentaremos recoger también las voces que intentan<br />
resaltar el lado positivo que aquél mostró en su desempeño como Viceministro y luego Ministro <strong>del</strong> Interior.<br />
Algunos policías recuerdan y valoran hasta hoy su gestión. Se resalta especialmente el interés cotidiano<br />
que parece haber mostrado con el personal. Para bien o para mal, en muchas ocasiones se mostró cercano y<br />
preocupado por las condiciones de trabajo <strong>del</strong> personal. Asimismo, participó directamente, más de una vez,<br />
en operativos en circunstancias difíciles, gesto nunca antes visto por los policías de parte de un político. 292<br />
Mantilla fue, para muchos policías, el civil que sí los apoyó, que escuchaba y visitaba personalmente y a diario<br />
en las diversas unidades policiales para supervisar su trabajo. Siguiendo algunas costumbres peruanas, Mantilla<br />
se convirtió rápidamente en una especie de padrino, con toda la distorsión que ello implica para lo que<br />
debería ser el funcionamiento institucional-estatal: 293 «Al ministro Mantilla se le tomaba como el padrino de la<br />
289 La ley establece que la Policía Nacional «tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno, debiendo<br />
prestar ayuda y protección a las personas y a la sociedad, garantizar el cumplimiento de las leyes, la seguridad de los patrimonios<br />
públicos y privados, prevenir y controlar las fronteras nacionales» (artículo 277 modificado de la Constitución de 1979).<br />
290 CVR. Entrevista. 23 de agosto de 2002. Coronel PIP (r) Palacios.<br />
291 Para un desarrollo, véase el estudio de caso sobre el Comando Rodrigo Franco.<br />
292 Véase más abajo «Tensiones entre policías y políticos».<br />
293 Véase más abajo «¿Despolitización de las Fuerzas Policiales?».<br />
TOMO II PÁGINA 132