¿ FIN DE CICLO?
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6. la subvenciÓn PreFerencial… / J. Weinstein, A. Fuenzalida, G. Muñoz 163<br />
en el origen de la seP 2 se encuentra el prolongado anhelo de corregir el sistema<br />
de financiamiento de la educación existente, caracterizado –desde su creación en<br />
los años 80– por entregar un monto de recursos monetarios homogéneo a escuelas<br />
que atienden a alumnos de condición social y económica marcadamente desigual.<br />
la ley seP modifica esta “subvención plana”, reconociendo que educar niños y<br />
niñas en contextos de mayor vulnerabilidad socioeconómica es más complejo y<br />
más caro (mizala, 2008) y asumiendo, en consecuencia, que el estado debe poner<br />
más recursos ahí donde más se necesita 3 .<br />
Pero la principal novedad de la seP no es la introducción del principio de<br />
discriminación positiva en la asignación de los recursos; de hecho toda la política<br />
de asistencialidad escolar y los programas de apoyo educativo se han fundado en<br />
dicho ideario. lo novedoso es la asociación que se establece entre dichos recursos<br />
financieros y la exigencia por una mayor calidad del servicio educativo (marcel<br />
& raczynski, 2009), estableciéndose compromisos de igualdad de oportunidades<br />
y excelencia con sus sostenedores y especialmente, procurando que cada escuela,<br />
junto a su comunidad educativa, establezca planes de mejora que permitan elevar<br />
los aprendizajes de todos los alumnos y fortalecer los procesos de enseñanza 4 .<br />
con este cambio, la seP modifica el paradigma o modelo con el que tradicionalmente<br />
se han diseñado e implementado las políticas educativas en chile, pasando<br />
desde uno centralizado hacia otro en que la responsabilidad final por los resultados<br />
está en los sostenedores y los establecimientos, mientras que el nivel central debe<br />
construir las condiciones técnicas (estándares de calidad) y financieras (recursos de<br />
la subvención preferencial) para hacer posible y justa esta “accountability” local.<br />
es este cambio de paradigma, hecho realidad en la seP, el que también subyace al<br />
nuevo diseño institucional para el sistema educativo actualmente en curso. en efecto,<br />
como consecuencia del movimiento estudiantil (2006) se hizo insostenible seguir<br />
manteniendo la institucionalidad educativa proveniente desde la dictadura –y que<br />
había sido estirada al máximo para poder desarrollar la reforma educacional de los<br />
’90 (nuñez & Weinstein, 2009). así las propuestas del consejo asesor Presidencial<br />
y el posterior acuerdo político entre el gobierno y la oposición para derogar la ley<br />
orgánica constitucional de enseñanza (loce) y posteriormente aprobar la nueva<br />
ley general de educación (lge), produjeron una nueva arquitectura institucional,<br />
en que se explicitan inéditas exigencias de calidad en el sistema escolar, así como<br />
una definición clara de los deberes y derechos propios de cada actor.<br />
2 la ley es enviada por el ejecutivo a la discusión parlamentaria el año 2005, aunque era una medida<br />
transversalmente aceptada ya en las discusiones programáticas de la elección presidencial de<br />
1999.<br />
3 en concreto, el estado entrega cerca de un 50% de aumento a la subvención regular, lo que se<br />
traduce en 1,4 use adicional por alumno prioritario entre nt1 y 4º básico, 0,93 use entre 5to<br />
y 6to, y 0,47 para los niveles de 7º y 8º. complementariamente, esta ley crea una “subvención<br />
por concentración de vulnerabilidad”, que se materializa en un monto adicional por cada alumno<br />
prioritario, pero diferenciado según el porcentaje de alumnos prioritarios que presente la escuela.<br />
el monto de esta subvención por concentración oscila entre 0,25 y 0,03 use, dependiendo del<br />
tramo de concentración y el nivel del curso al que pertenezca el niño o niña.<br />
4 de paso, hay una apuesta respecto de cuál es el mejor método para desarrollar capacidades de<br />
gestión educacional (institucional y pedagógica) en las propias unidades escolares, única garantía<br />
de mejora sostenible de los resultados escolares.