¿ FIN DE CICLO?
¿ FIN DE CICLO?
¿ FIN DE CICLO?
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
10. <strong>¿</strong>estÁn las condiciones Para que la docencia… / C. Bellei y J. P. Valenzuela 265<br />
2. entrada a la docencia Y regulaciÓn del eJercicio de la<br />
ProFesiÓn docente<br />
Regulación del mercado laboral: la necesidad de una carrera profesional<br />
docente<br />
en chile existe un ingreso relativamente abierto para ejercer la profesión docente:<br />
en principio, basta poseer el título profesional de profesor otorgado por alguna<br />
institución formadora (de hecho, no es indispensable que ésta esté acreditada por<br />
el sistema antes referido) y ser contratado por algún sostenedor educacional, sea<br />
público o privado. no existen procesos o etapas formales de inducción o prueba.<br />
tampoco existen diferenciaciones internas de la profesión que expresen categorías<br />
de docentes según su experticia (un docente recién llegado puede ser asignado a<br />
cualquier función del establecimiento, incluyendo algunas que claramente requieren<br />
más experiencia como ser jefe de curso o coordinador de un departamento). en<br />
cambio, sí existen procedimientos alternativos de ingreso al ejercicio docente, sin<br />
haber estudiado la carrera pedagógica (mediante un procedimiento burocrático, la<br />
autoridad pública concede la “habilitación” para ejercer, a petición del sostenedor<br />
que realizará el contrato 6 ).<br />
sin embargo, el rasgo más notorio de la organización del ejercicio de la docencia<br />
en chile es la regulación asimétrica de la relación contractual con los docentes<br />
dependiendo de si el sostenedor (empleador para estos efectos) es público o privado.<br />
esta asimetría determina condiciones de trabajo muy diferentes para los docentes<br />
que se desempeñan en uno u otro sector, a pesar de que la gran mayoría de las<br />
escuelas privadas chilenas tienen como su principal (y algunas de ellas, exclusiva)<br />
fuente de financiamiento el subsidio del estado.<br />
cuando el empleador es el sector municipal, las relaciones contractuales están<br />
reguladas por el estatuto docente, lo que determina una estructura de remuneraciones<br />
vinculadas a una progresión basada en la experiencia, las responsabilidades y la<br />
formación en servicio. también se regula las condiciones para ingresar a la planta<br />
docente –vía concurso público– y los mecanismos de desvinculación contractual.<br />
en cambio, cuando la dependencia contractual del profesor es privada, la normativa<br />
general que regula esta relación es el código del trabajo, existiendo sólo algunas<br />
regulaciones específicas que rigen sobre los establecimientos privados subsidiados<br />
para el pago de un salario mínimo nacional por hora y el acceso a un conjunto de<br />
asignaciones e incentivos individuales y colectivos, los cuales son financiados con<br />
recursos adicionales al pago de la subvención escolar por estudiante.<br />
esta regulación contractual asimétrica, en que el sector municipal contiene elementos<br />
de una carrera profesional –aún muy homogénea– principalmente centrada<br />
en el reconocimiento de la antigüedad, mientras que el sector particular subvencionado<br />
presenta una situación desregulada en esta materia, conlleva fuertes incentivos<br />
para generar una segmentación de los docentes entre los tipos de sostenedores, de<br />
6 en 2007, de quienes ejercían la docencia en establecimientos municipales cerca del 6% no tenía<br />
título profesional docente, cifra que aumentaba a un 12% de quienes trabajaban en el sector particular<br />
subvencionado.