¿ FIN DE CICLO?
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¿ FIN DE CICLO?
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<strong>¿</strong>Fin de ciclo? cambios en la gobernanza del sistema educativo<br />
desde la concertación se considera que ello ha contribuido a rigidizar, hacer<br />
academicistas y muy extensas las bases curriculares de cada nivel (oFcmo grado<br />
por grado y por sector curricular). al definir un currículo centrado en los aprendizajes,<br />
chile se acerca hacia una concepción curricular más moderna basada en los<br />
aprendizajes nucleares o en competencias. Por su parte, la alianza sostenía que los<br />
denominados oFcmo definidos por gobiernos de la concertación y aprobados por<br />
el consejo superior de educación, en realidad eran máximos y no mínimos (incluso<br />
algunas posturas más radicales rechazaban la existencia de un marco curricular<br />
obligatorio). Hubo acuerdo en la existencia de un currículo nacional y común,<br />
materia intransable para la concertación. en su visión, la exposición de todos los<br />
estudiantes a una experiencia de aprendizaje común es importante por lo que representa<br />
para la identidad y cohesión social del país. sin embargo, se convino que<br />
las bases curriculares y los planes y programas que el mineduc elaborara a partir<br />
de ello (para establecimientos que no tienen planes y programas propios 16 ) para<br />
establecimientos con jornada extendida, considerarían una proporción equivalente<br />
al 30% y 15% de tiempo de trabajo escolar de libre disposición, respectivamente,<br />
para que los establecimientos incorporaran objetivos y contenidos definidos por<br />
ellos (autonomía académica).<br />
asimismo, se acogió una novedosa propuesta que hacía el proyecto de la<br />
alianza, consistente en la existencia de un “banco de planes y programas de estudio”<br />
de donde los establecimientos también pueden escoger, en caso de no contar con<br />
planes propios y de no utilizar el plan del mineduc. la norma definió los requisitos<br />
que esta oferta debería cumplir, como provenir de experiencias educativas exitosas<br />
y probadas en el país y acotó el número de estas opciones a no más de cinco por<br />
nivel educativo.<br />
el conjunto de acuerdos también se refirió a los procedimientos para la aprobación<br />
de las bases curriculares nacionales y los programas de estudio, tanto de<br />
los propios de los establecimientos, como los del mineduc. este punto era de<br />
vital importancia para la alianza, quien buscaba la presencia de mecanismos que<br />
resguardaran la existencia de diversidad en la oferta, respetando la libertad de<br />
las familias de escoger el tipo de enseñanza de sus hijos o pupilos. se consideró<br />
entonces un método donde es el mineduc quien desarrolla las bases curriculares,<br />
pero es el nuevo consejo nacional de educación (discutido más adelante), cuya<br />
composición asegura diversidad, quien debería aprobar dichas bases. asimismo,<br />
si bien se conservó la atribución del mineduc de aprobar los programas propios<br />
presentados por los establecimientos educativos, sus atribuciones para rechazarlos<br />
se restringieron, creándose además, mecanismos de apelación ante el consejo<br />
nacional de educación.<br />
la conveniencia de modificar la estructura curricular chilena a un sistema de<br />
6 años en educación básica y 6 en media había sido una materia acordada por el<br />
consejo asesor y acogida por la propuesta de la alianza (no así por la propuesta<br />
original del ejecutivo), por lo que fue una materia en la que el consenso no fue<br />
16 según datos que maneja el propio ministerio de educación (unidad de currículum y evaluación),<br />
no más de un 14% de los establecimientos educacionales posee programas propios, incluidos los<br />
particulares pagados.