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¿ FIN DE CICLO?

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7. en busca de una educaciÓn de calidad… / X. Vanni C., J. Bravo M. 197<br />

abre una serie de interrogantes tales como: si se utilizará la misma metodología<br />

para evaluar a los establecimientos y a los sostenedores, si se aplicará un mismo<br />

procedimiento para los distintos tipos de sostenedores, si existirá alguna consecuencia<br />

para aquellos sostenedores que resulten mal evaluados, si los sostenedores<br />

también deberán presentar un plan de mejoramiento, o si en casos extremos, serán<br />

objeto de una intervención.<br />

Finalmente, en cuanto al sistema de acreditación de los sistemas de evaluación<br />

del desempeño de docentes y directivos, es importante señalar que, a diferencia<br />

de lo que contempla el proyecto de ley, la experiencia internacional muestra que<br />

los procesos de evaluación docente y directiva se considera más bien uno de los<br />

elementos claves de la evaluación institucional o de responsabilidad de las agencias<br />

encargadas de las políticas docentes. Por otro lado, sólo los establecimientos<br />

particulares subvencionados podrán postular voluntariamente a esta acreditación,<br />

dado que los establecimientos municipales ya poseen un sistema con una estructura<br />

y procedimientos comunes de evaluación docente, establecido por ley. además,<br />

llama la atención que en la propuesta tampoco se establecen incentivos concretos<br />

para que los establecimientos particulares subvencionados acrediten sus sistemas<br />

de evaluación.<br />

3.3. Consecuencias<br />

uno de los aspectos críticos para el funcionamiento de un sistema de rendición<br />

de cuentas es la pertinencia y efectividad de las consecuencias asociadas al desempeño<br />

de los establecimientos, así como el grado de intervención externa previsto,<br />

en función de los resultados educativos.<br />

en general, un principio ampliamente recomendado en la literatura es que el<br />

grado de intervención externa sea inversamente proporcional al desempeño de los<br />

establecimientos. así en aquellos establecimientos que alcanzan los estándares<br />

esperados, la auto-evaluación debiera ser su principal mecanismo de mejoramiento<br />

continuo, y la supervisión externa debería ser más bien esporádica. Por el contrario,<br />

en aquellos establecimientos que no alcanzan los estándares esperados, se debería<br />

recurrir a una supervisión mucho más frecuente, entregando todo el apoyo necesario<br />

a los sostenedores, directivos y docentes (brunner, 2007; barber & mourshed,<br />

2008). en este ámbito, el proyecto de ley recoge claramente este principio, ya que<br />

en él se establece que los establecimientos clasificados en las dos categorías de<br />

desempeño más bajas, tendrán una evaluación institucional más frecuente y recibirán<br />

apoyo técnico pedagógico del ministerio o de alguna persona o institución<br />

de asistencia técnica.<br />

en cuanto al tipo de consecuencias asociadas a resultados, los sistemas de<br />

rendición de cuentas generalmente consideran reconocimientos y sanciones a los<br />

establecimientos, según su desempeño. en el caso de la propuesta de aseguramiento,<br />

los incentivos están principalmente dirigidos a aquellos establecimientos con<br />

alto o bajo desempeño, dado que los reconocimientos y sanciones establecidos, en<br />

principio, sólo apuntarían a los establecimientos clasificados con buen desempeño<br />

y con desempeño deficiente, respectivamente.

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