¿ FIN DE CICLO?
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3.1. Estándares<br />
<strong>¿</strong>Fin de ciclo? cambios en la gobernanza del sistema educativo<br />
un primer requisito para el desarrollo de un sistema de aseguramiento de la<br />
calidad es la existencia de estándares que orienten a los actores e instituciones<br />
educativas, respecto de lo que se espera de ellos, y que sirvan como referencia<br />
para las evaluaciones y los resultados que se esperan alcanzar. solo cuando está<br />
claramente definido y consensuado qué es lo que se espera, es posible exigir cuenta<br />
a los responsables (eyzaguirre & le Foulon, 2001).<br />
la definición de estándares de aprendizaje es un rasgo común de los sistemas<br />
educacionales exitosos (ocde, 2004a). los estándares de aprendizaje permiten tener<br />
claridad sobre las expectativas educacionales y otorgan significado a la evaluación,<br />
potenciando el uso pedagógico de los resultados por parte de los actores educativos,<br />
especialmente a nivel de los establecimientos educacionales. tanto la comisión de<br />
revisión del simce (2003), como la evaluación de políticas nacionales de educación<br />
realizada por la ocde (2004b), recomendaron la elaboración de estándares para<br />
el sistema educacional chileno, proceso en desarrollo 13 que fue reafirmado en las<br />
recomendaciones del informe del consejo asesor Presidencial.<br />
sin embargo, junto con los estándares de aprendizaje también es necesario<br />
desarrollar estándares de desempeño de la gestión institucional y de los docentes y<br />
directivos, de manera de orientar y contar con información respecto de las prácticas<br />
que permiten alcanzar los logros de aprendizaje esperados, y apoyar a las escuelas y<br />
a los docentes. congruentemente, en el proyecto de ley, se contempla la existencia de<br />
estándares de aprendizaje y de estándares de desempeño de la gestión institucional<br />
y de los docentes y directivos, no obstante, estos últimos solo tendrían un carácter<br />
“indicativo”, es decir, su cumplimiento no sería exigible a los establecimientos. sin<br />
duda, esto último conlleva el riesgo que estos estándares se transformen en secundarios<br />
y poco relevantes para las escuelas y los actores, disminuyendo su efecto<br />
orientador del sistema escolar. además, dado que el mensaje implícito es que lo<br />
único que importa en verdad son los resultados de aprendizaje, podría producirse<br />
una reducción de lo que se entiende por calidad de la educación.<br />
3.2. Medición de Aprendizajes y Evaluación Institucional<br />
uno de los aspectos más relevantes para el buen funcionamiento de un sistema<br />
de aseguramiento de la calidad está relacionado con la definición de qué y cómo se<br />
evalúa. en el caso chileno, existe una tradición fuertemente arraigada que privilegia<br />
la medición de logros de aprendizaje, mediante pruebas estandarizadas externas a<br />
las escuelas, como las del simce. Por esto, no resulta extraño que en el proyecto<br />
de ley se proponga utilizar principalmente los resultados de esa evaluación, para<br />
realizar la clasificación de los establecimientos educacionales, a pesar que resulta<br />
evidente que los resultados de las pruebas estandarizadas no son el único indicador<br />
válido y confiable de la calidad educativa.<br />
13 Para una revisión del proceso de construcción de estándares de aprendizaje ver montt, 2009.