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u~iyfrsjdad compjjute1~se be madrid 11 - Biblioteca Complutense

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109Algo de consuelo comporta la comunicación de M.L.Roure, citando a Juan Mair, en que declara que el tratadoInsolubilia requiere el doble de esfuerzo para su compren--s~on que el De Obligationibus.94 Abordaremos las obras, destacandoel contenido que se encierra en ellas. Conocida yala estructura general de este tratado, veremos cómo estáplasmado en estos autores. Intentamos hacer notar la calidady voluntad pedagógica del tratado. Entendemos que éste eraun camino de enseñanza práctica de la disputatio, intentandolograr el dominio de las reglas fundamentales de las conse—quera tiae. Haremos hincapié también en las estructuras formalesque se encierran en los procesos que descri<strong>be</strong>n, puestoque, a pesar de la mezcla continua de elementos sintácticosy semanticos, hay toda una serie de estructuras lógicas quese van repitiendo con clara exactitud. No están expresadassimbólicamente, y esto añadía dificultad mayor a la hora de]a realización del diálogo disputacional, pero son converti-Mes hasta cierto punto a estructuras empleadas normalmeteen la simbolización de la lógica moderna. Como se recordóanteriormente, los puntos que sirven de pauta en el análisisdel contenido de los textos De Obliga tionibus son los propuestospor el prof. Angel d’Crs para el análisis de estetipo de tratados.95En breve síntesis de lo expusto hasta aquí sobre estosdos lógicos españoles y la época que les correspondió vivir,podemos decir que el aragonés Gaspar Lax y el valencianoJuan de Celaya pertenecen ambos a la primera mitad del sigloXVI, época de transición entre el Medioevo y el Renacimiento.Hombres notables e influyentes en su tiempo, recibieronuna formación cultural vasta y cornpleta para suépoca. Les correspondió repetir doctrinas y métodos del pa-~ García Villoslada, Ricardo. La Universidad de Paris..., p. 202.~ Roure, M.L. Le traité..., p. 238.~ Cfr. D’Ors, Angel. Sobre las ‘Obligationes’ de Juan de Holanda, p.34.

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