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u~iyfrsjdad compjjute1~se be madrid 11 - Biblioteca Complutense

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228proposiciones compuestas causales como las condicionales, queeran consideradas como necesarias sí verdaderas e imposiblessi falsas, no son tenidas en cuenta en esta presentación. 180Lax y Celaya por su parte hacen intervenir frecuentemente estasdos clase de proposiciones complejas (copulativas y dis--yuntivas). Lax pone en primer lugar la definicion de estaclase de pesí tío: Vnde positienem comploxain voco posítienemgua ah gua propositio hypothetica ponitur.181 Y a contínuacionpene ejemplos característicos que matizan el significado y laactuación con las proposiciones hipotéticas, tanto copulativascomo disyuntivas. De las demás no se preocupa por entenderque no presentan problemática especial: Et in hac partesolum ponam exompla do pesitíeno copulatiuarum, guía in aiiísnon alía dífficultas potost occurrere guam in his.182Celaya tiene una regla dedicada ox pro fesse a las compuestasy Lax, por su parte, va exponiendo las reglas segúnse aplican en los ejercicios. La regla de Celaya — Vénetodice textualmente:180 Así se expresaba Juan de Holanda: Alía regula ost quod causalis eÉcenditionahis non de<strong>be</strong>nt penA. Quia quoli<strong>be</strong>t taus est nocessarzavol impossíbílis. (Cit. por A. d’Ors. Sobro las Oblígationes deJuan do Holanda.. p, 54>181 Lax 25Gb. Y expresa a continuacion la reducción de ejemplos que realiza,debido a la similitud de problemática que se suscíta. Ni Laxni Celaya colocan en este momento de forma sistemática reglas especialespara esta clase de positio. Poco a poco a través del tratadolas han ido diseminando. Algunos autores prefieren hacer una presentaciónconjunta de las reglas más generales a que se sometenesta clase de proposiciones. Así, p.e., Juan de Holanda las expresade este modo:- Aliqua copulativa est neganda cujas tarnen utraque parsesÉ concedonda.- ~4lígua regula esÉ quod omnís copulativa est concodendacaías quelmet pars est concessa.— Aliqua regula esÉ quod auiqaa univensalis esÉ negandacuias Lamen qaeli<strong>be</strong>t singui ¿iris est concedenda... (Cfr.D’Ors, A. Sobre las Obligatienes..., pp. 59—61).La última regla es aducida aquí en cuanto derivada directamente dela primera presentada, en el sentido de que la universal puede serconsiderada como una cierta conjunción de sus singulares. Ibídem p.61.182 Lax 256b

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