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u~iyfrsjdad compjjute1~se be madrid 11 - Biblioteca Complutense

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231mitida previamente en ambos casos la proposición: Tu canris.La aceptación de Ja copulativa se ha de considerar como reglageneral en estos casos:Pro que reguianitor ebservanduin ost qaed, quandecuinquepenitur eL admittitur aliquid et deinde preponitar copulativacazas qaaolí<strong>be</strong>t pars sequitur ex posite obligato, cencedendaost copulativa tamqaam sequens, et sic est in pi-oposito, atpatet considoranti. 188Lax había también tratado conjuntamente el tema de lacopulativa y de la disyuntiva, pero, posteri oriente hace unaexposición pormenorizada de cada una de ellas. En la revísionde cada una de las especies de Obligatio se verá la presenta—c ión que hace el autor aragonés de este tema. Con todo, eltratamiento general dado a las compuestas copulativas es ex--puosLo por Lax en un largo y elaborado ejemplo, en el que defiendela postura más clásica dentro de Ja historia de Oblí—gatienes.189 Lax se hace eco de esta discusión histórica yaporta su opinión. La cuestión le llega, según propia declaración,por medio de Astredus (R. Strode). En esencia la pos--tura contraria, que ambos atacan, aunque de diverso modo, eslasiguiente:Est netandure quod fait opinio aiiqaenum antíquoruin, sicutrocítat Asti-odas in suis obligationibus, que tenuit qaed noninconaenit, bono respondendo, auiqaam copulatiuam negare etqaarnli<strong>be</strong>t ohm partom pnincipalore concodore. Et hoc dicunt188 p, Véneto. Logica Magna... (ed. E.J.Ashworth> PP. 323—324. En la últimacopulativa, cuya segunda parte es una necesaria pone Véneto lasiguiente justificación: De<strong>be</strong>t concedí quia sequens ratione suarurepartiure, quarare prima soqaitur cenvertibiliter, socunda quia pon senecossanza et simplicí ten. (Ibídem)En esquema formal expresamos de este modo los casos anteriores: [p& (p —-> q)] —-> (p & q); (p & •q> ——> (p & q). Se de<strong>be</strong>advertir que en la primera copulativa propuesta las dos partes sonfalsas y en la segunda lo es también la contingente, pero la carac--terística de sequens anula la impetinontia, y, por tanto, el modode proceder es el previsto por la tercera regla genral: omne se--quens ex posito oÉ obligato...189 Una visión resumida de esta problemática se puede ver en Ashworth,E.J. Paul of Vonice..., pp. 68—74, particularmente en los comentaríosde las notas a pie de página.

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