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39. norma oficial mexicana nom-001-se27sep - Mercado-ideal

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100 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 27 de septiembre de 1999d) Receptáculos. Todos los receptáculos deben ser del tipo con conexión de puesta a tierra. A menos queestén instalados en una canalización metálica, continua, puesta a tierra o en cables con cubierta metálica,todos los circuitos derivados deben tener un conductor separado de puesta a tierra del equipo, y todos losreceptáculos deben estar eléctricamente conectados a los conductores de puesta a tierra del equipo.Los receptáculos en los lugares de construcción no deben instalarse en circuitos derivados que alimentenalumbrado temporal. Los receptáculos no deben conectarse al mismo conductor de fase de circuitosmulticonductores que alimentan al alumbrado temporal.e) Medios de desconexión. Deben instalarse medios de desconexión o conectadores enchufablesadecuados que permitan la desconexión de todos los conductores de fase de cada circuito provisional. Loscircuitos derivados multiconductores deben tener un medio de desconexión simultáneo, para todos losconductores de fase, en la salida de fuerza o panel de alumbrado y control donde se origina el circuitoderivado.f) Protección de lámparas. Todas las lámparas para iluminación temporal deben estar protegidas contracontactos accidentales o roturas por medio de un dispositivo o portalámparas con guardas de seguridad.No deben usarse bases con cubiertas de bronce, de cartón o portalámparas con cajas metálicas, a menosque las cubiertas estén puestas a tierra.g) Empalmes. En los sitios en construcción no se requiere una caja para empalmes o conexiones dederivación, cuando los conductores del circuito sean de un cordón multiconductor o de conjuntos de cableso conductores visibles. Véanse 110-14(b) y 400-9. Debe usarse una caja de registro o dispositivo terminalcon orificios emboquillados separados para cada conductor, siempre que se realice un cambio a unsistema de tubos o a un sistema de cable con cubierta metálica.h) Protección contra daños accidentales. Los cables y cordones flexibles deben estar protegidos contradaños accidentales. Deben evitarse las esquinas agudas y las salientes. Cuando se pase a través depuertas u otros puntos críticos, debe proporcionarse una protección adecuada para evitar daños.i) Terminales en los dispositivos. Los cables que entren en envolventes que contengan dispositivos querequieran terminales, se deben sujetar a la caja con herrajes diseñados para ese uso.305-5. Puesta a tierra. Todas las conexiones de puesta a tierra deben cumplir con lo establecido en elArtículo 250.305-6. Protección de falla a tierra para seguridad del personal. Debe proporcionarse protección de falla atierra para seguridad del personal en sitios de construcción con alambrado provisional para cumplir con losrequisitos (a) o (b) abajo indicados. Esta Sección se aplica únicamente a las instalaciones provisionales,utilizadas para suministrar temporalmente energía a equipo utilizado por personal durante la construcción,remodelación, mantenimiento, reparación o demolición de edificios, estructuras, equipo o actividadessimilares.a) Interruptores de circuito falla a tierra (ICFT). Todas las salidas de receptáculos de 120 o 127 V, deuna fase, de 15 a 20 A, que no sean una parte del alambrado permanente del edificio o inmueble, y quesean usadas por el personal, deben tener interruptor de circuito por falla a tierra. Si un receptáculo oreceptáculos ya instalados como parte del alambrado permanente, se emplean para suministrar energía alalambrado provisional, deben tener un interruptor de circuito por falla a tierra. Para los propósitos de estaSección se permiten las instalaciones de cables que incorporen cortacircuitos por falla a tierra para laprotección de las personas.Excepción 1: Los receptáculos de dos hilos, una fase, de un generador portátil o montado en un vehículo,con una capacidad de no-más de 5 kW, siempre y cuando los conductores del circuito del generador esténaislados de la carcasa del generador y de todas las demás superficies puestas a tierra.Excepción 2: Solamente en establecimientos industriales en donde las condiciones de mantenimiento ysupervisión aseguren que personal calificado está involucrado, se permite utilizar conductores de puesta atierra como se especifica en 305-6 (b)b) Programa de garantía de conexión de conductores de puesta a tierra. Se permite que otrosreceptáculos no cubiertos en a) tengan un interruptor de circuito por falla a tierra o debe ponerse enoperación un procedimiento escrito en el sitio de la construcción, y debe aplicarse por una o variaspersonas designadas, para asegurar que las conexiones de puesta a tierra para todos los grupos decordones y receptáculos que no son parte del alambrado permanente del edificio o inmueble y del equipoconectado por medio de un cordón con clavija, sean instalados y mantenidos, de acuerdo con losrequisitos aplicables en 210-7(c), 250-45, 250-59 y 305-4(d).1) Deben realizarse las siguientes pruebas en todos los grupos de cordones, receptáculos que noson parte del alambrado permanente y equipo conectado con cordón con clavija que requiera serpuesto a tierra.a. Debe probarse continuidad a todos los conductores de puesta a tierra; deben ser eléctricamentecontinuos.b. Debe probarse la conexión correcta del conductor de puesta a tierra en cada receptáculo yclavija correspondiente. El conductor de puesta a tierra debe estar conectado a su terminalapropiada.c. Deben llevarse a cabo todas las pruebas requeridas en las siguientes condiciones:1. Antes de usarse por primera vez en el sitio de la construcción.

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