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39. norma oficial mexicana nom-001-se27sep - Mercado-ideal

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458 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 27 de septiembre de 1999Circuito de la fuente fotovoltaica: Los conductores entre módulos y desde los módulos hasta el o lospuntos de conexión común del sistema de c.c. Véase la Figura 690-1.Circuito de salida fotovoltaica: Los conductores del circuito entre el o los circuitos de la fuentefotovoltaica y el inversor o el equipo de utilización de c.c. Véase la Figura 690-1.Controlador de carga: Dispositivo que controla el régimen y la condición de carga de las baterías,protegiéndolas contra sobrecargas y descargas que excedan sus límites de operación <strong>norma</strong>l.Diodo de bloqueo: Un diodo usado para impedir el flujo inverso de corriente eléctrica hacia el circuito dela fuente fotovoltaica.Fuente de energía fotovoltaica: Un sistema o agregado de sistemas, los cuales generan energía en c.c.a la tensión y corriente eléctricas del sistema.Inversor: Equipo que es usado para cambiar el nivel de tensión eléctrica de la energía, su forma de ondao ambos. Usualmente un inversor (también conocido como unidad de acondicionamiento de potencia osistema de conversión de potencia) es un dispositivo que cambia una entrada de c.c. a una salida de c.a.Los inversores en sistemas autó<strong>nom</strong>os pueden incluir también cargadores de baterías que toman la c.a.de una fuente auxiliar, como un generador, y la rectifican a c.c. para cargar baterías.Inversor: Circuito de entrada: Los conductores entre el inversor y las baterías en un sistema autó<strong>nom</strong>o olos conductores entre el inversor y los circuitos de salida fotovoltaica en sistemas interconectados a la red.Inversor: Circuito de salida: Los conductores entre el inversor y el tablero de cargas de c.a. en unsistema autó<strong>nom</strong>o, o los conductores entre el inversor y el equipo de acometida u otra fuente deproducción de energía eléctrica tal como la compañía suministradora, en sistemas interconectados a lared. Véase la Figura 690-1.Módulo: El ensamble completo más pequeño de celdas solares, protegido del ambiente, con su óptica yotros componentes excluyendo el dispositivo de seguimiento, diseñado para generar c.c. por la acción dela luz solar.Panel: Un conjunto de módulos unidos mecánica y eléctricamente, diseñado para manejarse como unaunidad instalable en campo.Sistema: Un ensamble mecánicamente integrado de módulos o paneles con una estructura soporte ycimentación, seguimiento solar, control térmico, y otros componentes, según se requieran para formar unaunidad de producción de energía en c.c.Sistema autó<strong>nom</strong>o: Un sistema solar fotovoltaico que abastece energía en forma independiente de otrasfuentes de energía.Sistema interactivo: Un sistema solar fotovoltaico que opera en paralelo con otra fuente de producción deenergía eléctrica conectada a la misma carga y que puede estar diseñado para entregar energía a dichafuente.Para el propósito de esta definición, un subsistema de almacenamiento de energía de un sistema solarfotovoltaico, tal como una batería, no es otra fuente de producción de potencia eléctrica.Sistema solar fotovoltaico: El total de componentes y subsistemas que, en combinación, convierten laenergía solar en energía eléctrica apropiada para la conexión a una carga de utilización.690-3. Otros Artículos. Cuando los requisitos de otros Artículos de esta NOM y el Artículo 690 difieran,deben aplicarse los requisitos indicados en el Artículo 690. Los sistemas solares fotovoltaicos que operancomo fuentes interconectadas de producción de energía deben instalarse de acuerdo a lo dispuesto en elArtículo 705.690-4. Instalacióna) Sistema Fotovoltaico. Se permite que un sistema solar fotovoltaico suministre energía a unaedificación u otra estructura, en adición a cualquier acometida de otros sistemas de suministro de energíaeléctrica.b) Conductores de Sistemas Diferentes. Los circuitos de la fuente fotovoltaica y los circuitos de salidafotovoltaica no deben estar contenidos en la misma canalización, charola, cables, cajas de salida o cajasde empalme o accesorios similares, junto con los circuitos alimentadores o derivados de otros sistemas.Excepción: Cuando los conductores de diferentes sistemas están separados por una división o seconecten juntos.c) Conexiones de módulos. Las conexiones a un módulo o panel deben estar dispuestas de tal maneraque al remover un módulo o panel de un circuito de la fuente fotovoltaica no se interrumpa al conductorpuesto a tierra de otro circuito de la fuente fotovoltaica.d) Equipo. Los inversores o motogeneradores deben estar aprobados e identificados para uso ensistemas fotovoltaicos.e) Montaje de Módulos. Cuando la estructura y los materiales de la edificación a la que suministraenergía el sistema fotovoltaico no tengan la resistencia mecánica necesaria, los módulos deben montarseen una estructura independiente que les dé el soporte y la orientación necesarios, asegurando suadecuada ventilación. En todo caso, el cable de acometida entre el sistema fotovoltaico y la edificacióndebe quedar adecuadamente protegido contra posibles daño físico.690-5. Detección e interrupción de fallas a tierra. Los sistemas fotovoltaicos montados en techos de casashabitación deben tener protección contra fallas a tierra para reducir el riesgo de incendio.

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