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39. norma oficial mexicana nom-001-se27sep - Mercado-ideal

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Lunes 27 de septiembre de 1999 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 425de las canalizaciones. Si los conductores están cubiertos con una protección adecuada, se permite alojarcables de telefonía, audio, video o comunicación de alta frecuencia en la misma canalización.620-37. Alambrado en elevadores y cuartos de máquinasa) Usos permitidos. Solamente se permiten alambrado eléctrico y canalizaciones directamente en laconexión de la cabina del elevador o montacargas, incluyendo el alambrado para señalización,comunicación en la cabina, alumbrado, calefacción, aire acondicionado y ventilación de la cabina, sistemasde detección de humos, dentro del cubo del elevador y del cuarto de máquinas.b) Protección contra descargas atmosféricas. Se permiten conductores del sistema de puesta a tierraacoplados a los rieles del elevador para protección contra descargas atmosféricas. Los conductores de labajada al sistema de puesta a tierra para protección contra descargas atmosféricas, no deberán estarlocalizados dentro del cubo. No se permite que los rieles del elevador u otro equipo del cubo se utilicecomo conductores de bajada de puesta a tierra para el sistema de protección contra descargasatmosféricas.c) Alimentadores principales. Los conductores del alimentador principal para suministrar energía alelevador y al montacargas, deben instalarse fuera del cubo, excepto por lo permitido en los siguientesincisos:1) Bajo condiciones especiales se permite que los conductores del alimentador del elevador esténdentro de un cubo existente, si estos conductores no están unidos dentro del mismo.2) Se permite que los conductores del alimentador se ubiquen dentro del cubo del elevador paraequipo con motor de la máquina localizado en el cubo, en la cabina o en el contrapeso.620-38. Equipo eléctrico en estacionamientos y locales similares. El equipo eléctrico y el usado paraelevadores, montaplatos, escaleras mecánicas y pasillos móviles y elevadores para sillas de ruedas enestacionamientos, deben cumplir con los requisitos del Artículo 511.E. Cables móviles620-41. Suspensión de cables móviles. Los cables móviles se suspenden de la cabina y del extremosuperior del cubo o en el contrapeso donde sea posible, para reducir al mínimo el esfuerzo aplicado a losconductores individuales de cobre. Los cables móviles deben soportarse por uno de los siguientes medios:1) Por sus propios miembros estructurales de acero.2) Por medio de vueltas del cable alrededor de los soportes para longitudes no-soportadas de menosde 30 m.3) Suspendiéndolos con soportes que automáticamente se aprieten alrededor del cable, cuando latensión mecánica se aumenta para longitudes no-soportadas hasta de 60 m.620-42. Lugares peligrosos (clasificados). En lugares peligrosos (clasificados) los cables móviles deben serde un tipo aprobado para lugares peligrosos (clasificados), y deben cumplir con lo especificado en 501-11,502-12 o 503-10, según sea la aplicación.620-43. Ubicación y protección de los cables. Los soportes de los cables móviles se deben colocar demanera que se reduzca al mínimo la posibilidad de daños, debido a contactos de los cables con laconstrucción o equipo que esté en el interior del cubo del elevador. Cuando sea necesario se debensuministrar guardas adecuadas para proteger los cables contra daño.620-44. Instalación de cables móviles. Se permite instalar el cable móvil sin canalización o en tubo (conduit)para una distancia que no exceda de 1,8 m, medido desde el primer punto de soporte en la cabina delelevador (montacarga) o pared del cubo del elevador, siempre que los conductores estén agrupados,protegidos con cinta o cordón, o en revestimiento original.Se permite que los cables móviles estén junto a los paneles de control del elevador y hasta las conexionesde la cabina del mismo y del cuarto de máquinas, como alambrado fijo, siempre que estén provistos desoportes y protección contra daño físico.F. Medios de desconexión y control620-51. Medios de desconexión. Se debe proveer para cada conductor de activo un medio de protecciónque pueda operarse individualmente. Cuando las máquinas de accionamiento múltiple estén conectadas aun solo elevador, escalera mecánica, pasillo móvil o a una bomba, debe existir un medio de desconexiónpara el motor y para los devanados de la válvula de control.El medio de desconexión de la alimentación principal del conductor no debe desconectar al circuitoderivado, de acuerdo con lo indicado en 620-22, 620-23 y 620-24.a) Tipo. El medio de desconexión debe ser un interruptor automático o desconectador para circuito defusibles que pueda ser operado externamente y que pueda asegurarse en la posición de abierto. Eldispositivo de desconexión debe ser de un tipo aprobado.b) Operación. No se debe hacer ninguna operación de apertura o cierre del medio de desconexióninterruptor desde otro lugar distinto de su ubicación en el edificio. Si hay rociadores instalados en el cubo,cuarto de máquinas o en áreas de máquinas, el medio de desconexión debe abrir automáticamente laalimentación del elevador afectado previo a la aplicación del agua. El medio de desconexión no debe serdiseñado para el cierre automático, la energía sólo debe ser restaurada por medios manuales.c) Localización. Los medios de desconexión deben ubicarse en un sitio accesible fácilmente a personalcalificado.

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