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39. norma oficial mexicana nom-001-se27sep - Mercado-ideal

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Lunes 27 de septiembre de 1999 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 321c) Grupo IIA. Atmósferas que contengan acetona, amoníaco, alcohol etil, gasolina, metano, propano ogases o vapores de peligrosidad equivalente.NOTA 1: Este agrupamiento, inciso (c), es equivalente a Clase I, Grupo D, como sedescribe en 500-3(a)(4).NOTA 2: Las subdivisiones de gas descritas en los incisos (a), (b) y (c) anteriores, sebasan en el máximo intervalo de seguridad experimental, mínima corriente eléctrica deignición o ambos.NOTA 3: Es necesario que los medios de marcado de los diferentes equipos yclasificaciones del Grupo II sean cuidadosamente observados para evitar confusióncon Clase I, Divisiones 1 y 2, Grupos A, B, C y D.505-7. Clasificación de zonas. La clasificación de zonas debe cumplir con los siguientes incisos.a) Clase I, Zona 0. Un área Clase I, Zona 0 es un lugar donde (1) están presentes continuamenteconcentraciones inflamables de gases o vapores inflamables; o (2) en las cuales las concentracionesinflamables de gases o vapores inflamables están presentes por largos periodos de tiempo.NOTA 1: Esta clasificación incluye lugares dentro de tanques ventilados o recipientesque contengan líquidos inflamables volátiles; dentro de envolventes de aplicación deacabados de pintura por aspersión, inadecuadamente ventilados donde se usensolventes inflamables volátiles; entre el interior y exterior de las secciones de techo detanques de techo flotante que contienen líquidos inflamables volátiles; el interior derecipientes abiertos, tanques y fosas que contienen líquidos inflamables volátiles; elinterior de un ducto de escape o salida de gases que se utilicen para ventilarconcentraciones inflamables de gases o vapores, y el interior de envolventesinadecuadamente ventilados que contengan <strong>norma</strong>lmente instrumentos de venteo queutilicen o analicen fluidos inflamables y con venteos al interior de la envolvente.NOTA 2: No es buena práctica instalar equipo eléctrico en áreas Zona 0 a menos queel equipo sea esencial para el proceso o cuando otros lugares sean inaccesibles.(Véase 500-2) de ser necesario instalar sistemas eléctricos en áreas Zona 0, seconsidera buena práctica instalar sistemas intrínsecamente seguros como se describeen el Artículo 504.NOTA 3: Se considera una operación <strong>norma</strong>l cuando el equipo de planta estáoperando dentro de sus parámetros de diseño. Escapes menores de materialinflamable pueden ser parte de operaciones <strong>norma</strong>les. Escapes menores incluyendo elescape de sellos que se usan para salpicaduras de fluidos que estén siendobombeados, manejados o procesados. Fallas que involucran reparaciones o paros(tales como averías de sellos de bombas y empaques de bridas, y derrames causadospor accidentes), no son consideradas operaciones <strong>norma</strong>les.b) Clase I, Zona 1. Un área Clase I, Zona 1 es un lugar (1) en el cual concentraciones inflamables degases o vapores inflamables se encuentran probablemente bajo condiciones <strong>norma</strong>les de operación; (2)en el cual las concentraciones de gases o vapores inflamables pueden existir frecuentemente debido aoperaciones de reparación o mantenimiento o debido a fugas; (3) en el cual el equipo es operado o losprocesos son llevados de tal manera que las averías de equipos o fallas de las operaciones puedenresultar en el escape, de concentraciones de gases o vapores inflamables y también puedan causarsimultáneamente fallas de equipo eléctrico, de tal modo que cause que el equipo eléctrico, se vuelva unafuente de incendio, o (4) sea un lugar adyacente a un área Clase I, Zona 0 desde el cual concentracionesinflamables de vapores puedan ser comunicadas, a menos que la comunicación sea prevenida por unaadecuada ventilación de presión positiva desde una fuente de aire limpio y se provean efectivassalvaguardas contra las fallas de ventilación.NOTA: Esta clasificación usualmente incluye áreas donde se transfieren líquidosvolátiles inflamables o gases inflamables licuados desde un contenedor a otro; enáreas de la vecindad de operaciones de pintado o de aspersión donde se usensolventes inflamables; cuartos de secado adecuadamente ventilados o compartimentospara la evaporación de solventes inflamables; lugares adecuadamente ventilados quecontengan equipo de extracción de resina y petróleo que usen solventes inflamablesvolátiles; partes de plantas de limpiado y secado donde se usen líquidos inflamablesvolátiles; cuartos de generadores de gas adecuadamente ventilados y otras partes deplantas de fabricación de gas donde el gas inflamable pueda escapar; cuartos debombeo inadecuadamente ventilados para gas inflamable o para líquidos volátilesinflamables; el interior de refrigeradores y congeladores en el cual materialesinflamables volátiles se almacenan abiertamente con tapas ligeras o contenedores defácil ruptura; y otros lugares donde probablemente se presenten concentracionesinflamables de vapores o gases inflamables durante operaciones <strong>norma</strong>les, pero no enáreas clasificadas Zona 0.c) Clase I, Zona 2. Un área Clase I, Zona 2 es un lugar (1) en el cual las concentraciones inflamables degases o vapores inflamables no ocurren fácilmente en operación <strong>norma</strong>l y si ocurren existen únicamente

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