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39. norma oficial mexicana nom-001-se27sep - Mercado-ideal

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248 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 27 de septiembre de 1999Proyectores de cine. Secciones 540-11 y 540-20Resistencias y reactores. Artículo 470Teatros, auditorios de cine, televisión y similares. Sección 520-48Transformadores y bóvedas para transformadores. Artículo 450430-6. Selección de la capacidad de conducción de corriente de conductores y corriente eléctrica<strong>nom</strong>inal de motores. El tamaño <strong>nom</strong>inal de los conductores para la alimentación de motores, indicadosen este Artículo, deben seleccionarse de las Tablas 310-16 a 310-19 o deben ser calculados de acuerdocon lo indicado en 310-15(b). La capacidad de conducción de corriente de conductores y la corrienteeléctrica <strong>nom</strong>inal de motores debe determinarse como se especifica en los incisos indicados acontinuación:a) Aplicaciones de motores en general. En los motores que no sean los especificados como de alto parindicados en (b) siguiente y para motores de tensión eléctrica ajustable en c.a. indicados en (c) acontinuación, cuando la corriente eléctrica <strong>nom</strong>inal del motor es tomada como base para determinar lacapacidad de conducción de corriente de conductores o para seleccionar la capacidad <strong>nom</strong>inal de losdesconectadores, así como la de las protecciones por cortocircuito y protecciones por falla a tierra, etc., losvalores indicados en las Tablas 430-147, 430-148 y 430-150, incluyendo las notas complementarias,deben ser usadas en lugar de las indicadas en la placa de especificaciones del motor. La protección porsobrecarga del motor debe ser seleccionada con los datos indicados en la placa de especificaciones delmotor. Cuando la capacidad del motor está indicada en A y no en kW o en CP, el valor en kW o en CP sesupone que sea el correspondiente a los valores indicados en las Tablas 430-147, 430-148 y 430-150,interpolando valores en caso de ser necesario.Excepción 1: Los motores de varias velocidades deben estar de acuerdo con lo indicado en 430-22(a) y430-52.Excepción 2: Para equipo que emplea motores de polo sombreado o de capacitor permanente de fasebipartida o motor tipo de ventilador, se debe emplear la corriente eléctrica a plena carga indicada en laplaca de especificaciones del equipo, en lugar de la correspondiente a la potencia <strong>nom</strong>inal en kW o en CPdel motor, para así determinar medios de desconexión, conductores, alimentadores, controladores,protecciones de sobrecarga, protección de falla a tierra y de cortocircuito. La capacidad del equiposeleccionado nunca debe ser menor a la corriente eléctrica de placa indicada en el ventilador o en elsoplador.b) Motores de alto par. Para los motores de alto par, la corriente eléctrica <strong>nom</strong>inal debe ser ladeterminada a rotor bloqueado y la de placa se deberá emplear para determinar la capacidad deconducción de corriente de los conductores del circuito derivado como se indica en 430-22 y 430-24; lacorriente eléctrica para la protección por sobrecarga, así como la de protección por falla a tierra, debenestar de acuerdo con lo indicado en 430-52(b).NOTA: Para medios de desconexión y controles de los motores, véase 430-110 y laExcepción 3 de 430-83.c) Motores de c.a. de tensión eléctrica ajustable. Para motores utilizados en sistemas de c.a. de tensióneléctrica ajustable, par variable, la capacidad de conducción de corriente de los conductores, así como lade desconectadores, la del dispositivo de protección del circuito derivado por cortocircuito y por falla atierra, etc., deben seleccionarse de acuerdo con la corriente eléctrica máxima de operación que se indicaen la placa de datos del motor, del controlador o de ambos. Si la corriente eléctrica máxima de operaciónno se indica en la placa del motor, la corriente eléctrica de operación debe basarse en el 150% de losvalores indicados en la Tabla 430-150.430-7. Marcado de motores y equipo con varios motoresa) Motores de uso <strong>norma</strong>l. Los motores deben tener marcada en su placa la siguiente información:1) Nombre del fabricante.2) Tensión y corriente eléctricas <strong>nom</strong>inales, corriente de operación a plena carga. Para motores devarias velocidades, se debe indicar la corriente eléctrica a plena carga para cada una de lasvelocidades, excepto para los de polo sombreado, así como para motores con capacitor permanenteen donde la corriente eléctrica base es la que corresponde a la máxima velocidad.3) Frecuencia de operación y número de fases, para los motores de corriente eléctrica alterna.4) Velocidad máxima a plena carga.5) Temperatura máxima de operación o clase de los materiales aislantes y temperatura ambiente.6) Régimen de tiempo. El régimen de tiempo puede ser de 5, 15, 30 o 60 minutos o continuo.7) Potencia <strong>nom</strong>inal del motor, si ésta es igual o mayor a 93 W (1/8 CP) debe indicarse la potencia enkW (CP) para cada una de las velocidades, exceptuando los motores de polo sombreado y los decapacitor permanente para motores de 93 W (1/8 CP) o más, donde la potencia <strong>nom</strong>inal se indicapara la velocidad máxima. Los motores que accionan máquinas de soldar de arco, no requieren tenerla indicación de la potencia <strong>nom</strong>inal en caballos de potencia.8) Si es motor de c.a. y de potencia mayor a 373 W (1/2 CP) se debe indicar la letra de código o lacorriente eléctrica a rotor bloqueado. En motores polifásicos de rotor devanado, se omite la Letra deCódigo.NOTA: Véase inciso (b) abajo.

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