12.07.2015 Views

39. norma oficial mexicana nom-001-se27sep - Mercado-ideal

39. norma oficial mexicana nom-001-se27sep - Mercado-ideal

39. norma oficial mexicana nom-001-se27sep - Mercado-ideal

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Lunes 27 de septiembre de 1999 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 219Esta instalación debe cumplir con las siguientes condiciones:a) Requisitos de los cordones. Los cordones flexibles deben ser de tipo "uso rudo", con conductores detamaño <strong>nom</strong>inal no-menor al de los conductores del circuito derivado y una capacidad de conducción decorriente al menos igual a la del dispositivo de protección contra sobrecorriente del circuito derivado y conconductor de puesta a tierra del equipo.NOTA: Para tamaño <strong>nom</strong>inal del conductor de tierra del equipo, véase la Tabla 250-95.b) Receptáculos, cordones y clavijas de conexión. Los receptáculos, cordones y clavijas de conexióndeben ser de tipo con terminal de puesta de tierra aprobados y listados, de 15 o 20 A.c) Sujeción. Los cordones flexibles se deben sujetar por debajo de las vitrinas, de modo que: (1) loscables no estén expuestos a daño físico; (2) la separación no exceda de 50 mm entre vitrinas; laseparación entre la primer vitrina y el receptáculo fijo no sea mayor de 300 mm, y (3) el cable que quede alfinal del grupo de vitrinas lleve un conectador hembra que no sobresalga de la vitrina.d) Otros equipos. A las vitrinas no se debe conectar eléctricamente equipos distintos a las mismas.e) Circuito o circuitos secundarios. Cuando las vitrinas se conecten con cordón, los circuitossecundarios de cada balastro de las lámparas de descarga deben ser sólo para una vitrina.410-30. Portalámparas y luminarias conectadas con cordóna) Portalámparas. Cuando se conecte un portalámparas metálico con un cordón flexible, la entrada debeestar equipada con una boquilla aislante, si es roscada, no debe ser menor que el de tubería de tamaño<strong>nom</strong>inal 10 mm. El orificio para el cordón debe ser de tamaño adecuado y se deben eliminar todas lasrebabas y partes cortantes que pudiera tener con la finalidad de que la superficie por la que pase el cablequede lisa.b) Luminarias ajustables. Las luminarias que requieran ajuste o que deban moverse para dirigirlasdespués de su instalación, no es necesario que vayan equipadas con un cordón con clavija siempre que elcable que quede expuesto sea de uso rudo o uso extrarrudo y no-más largo de lo necesario para hacer elajuste. El cable no debe estar expuesto a esfuerzos o a daño físico.c) Luminarias eléctricas de descarga1) Una luminaria o conjunto de luminarias aprobadas para este uso, se permite que estén conectadaspor un cordón, si están situadas directamente bajo la caja registro de salida electroducto y el cordónes visible de modo continuo en toda su longitud fuera de la luminaria y no está expuesto a esfuerzosni a daño físico. Dichas luminarias deben terminar en el otro extremo del cordón con una clavija conterminal de puesta de tierra o mediante conectador para electroducto.Excepción: No es necesario que una luminaria o conjunto de luminarias aprobadas que lleven un cordón yuna tapa ornamental, termine en el extremo del cable con una clavija o conectador para electroducto.2) Se permite conectar luminarias de descarga dotadas de portalámparas roscadas de tipo mogul, acircuitos derivados de 50 A o menos, mediante cordones que cumplan lo establecido en 240-4. Sepermite que los receptáculos y los cordones de conexión sean de una capacidad de conducción decorriente menor que la del circuito derivado, pero no-menor a 125% de la capacidad <strong>nom</strong>inal de laluminaria.3) Se permite que las luminarias de descarga equipadas con un receptáculo sujeto a la luminaria, queno sobresalga de su superficie, se alimenten mediante cordones colgantes terminados conconectadores. Se permite que los receptáculos y los cordones de conexión sean de menor capacidadde conducción de corriente que la del circuito derivado, pero no-menor a 125% de la capacidad<strong>nom</strong>inal de la luminaria.410-31. Uso de las luminarias como canalizaciones. Las luminarias no se deben usar como canalizacionesde los conductores del circuito.Excepción 1: Las luminarias listadas para usarlas como canalizaciones.Excepción 2: Se permite que las luminarias proyectadas para montarse pegadas una a la otra de formaque constituyan una canalización continua, o las luminarias conectadas mediante métodos de instalaciónaprobados, se utilicen para el paso de conductores de circuitos derivados de dos hilos o multiconductoresque alimenten a dichos equipos.Excepción 3: Se permite pasar a través de las luminarias un circuito adicional de dos hilos que alimente auna o más de las luminarias conectadas como se describe en la Excepción 2.NOTA: Para la definición de circuito derivado multiconductor, véase el Artículo 100.Los conductores del circuito derivado que estén situados a menos 76 mm del balastro dentro delcompartimento del balastro, deben tener una temperatura <strong>nom</strong>inal de aislamiento no-inferior a 90 °C, comolos de tipo RHH, THW, THHN, THHW, FEP, FEPB, SA y XHHW.G. Construcción de las luminarias410-34. Pantallas y gabinetes combustibles. Debe quedar un espacio de aire adecuado entre las lámparasy las pantallas u otros gabinetes de material combustible.410-35. Valores <strong>nom</strong>inales de las luminariasa) Marcas. Todos las luminarias que funcionen con balastros o transformadores deben estar claramentemarcadas con sus parámetros eléctricos <strong>nom</strong>inales y el <strong>nom</strong>bre del fabricante, marca comercial u otromedio adecuado de identificación. Un aparato cuyo cable de alimentación tenga que soportar una

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!