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39. norma oficial mexicana nom-001-se27sep - Mercado-ideal

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446 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 27 de septiembre de 1999integrado a la unidad. El equipo de control puede incluir bombas, ventiladores, calentadores, luces,controles, dosificador, generadores entre otros.Bañera compacta o equipo para bañera caliente. Unidad construida en fábrica, consistente en unsistema con circulación de agua, calentamiento y equipo de control montados en una base común,destinado para el funcionamiento del baño o bañera caliente.Bañera de hidromasaje. Una bañera instalada permanentemente y equipada con un sistema de tuberíade recirculación y equipo de bombeo, diseñada de manera que pueda circular agua y desaguar despuésde cada uso.Cubierta porta-luminaria. Estructura diseñada para contener una luminaria de nicho mojado y destinadapara instalarse en la estructura de una alberca o una fuente.Equipo de iluminación conectado por cordón y clavija. Es una luminaria que consiste en un accesoriofabricado para montarse en la pared de una bañera de hidromasaje, bañera térmica o piscina desarmableconectada al transformador con cordón y clavija.Fuentes de aguas termales o bañeras térmicas. Una piscina de hidromasajes o bañera para usorecreacional o terapéutico, que no esté localizada en instalaciones de atención médica, diseñada para lainmersión de usuarios y que tiene <strong>norma</strong>lmente un filtro, calentador y ventilador o compresor accionadospor motor. Estas piscinas se pueden instalar dentro o fuera de un local, sobre o a nivel del piso o de unaestructura de soporte.Fuentes y espejos de agua decorativos instalados en forma permanente. Las que están construidasen la tierra o sobre ella o en un inmueble, de manera que no puedan ser fácilmente desarmadas para seralmacenadas o guardadas, estén o no alimentadas por circuitos eléctricos de cualquier tipo. Estasunidades están construidas principalmente por su valor estético y no para servir de alberca de natación ochapoteadero.Luminaria de nicho mojado. Luminaria para ser instalada en una cubierta porta-luminaria colocada enuna estructura de alberca o fuente, donde la luminaria está completamente rodeada de agua.Luminaria de nicho seco. Luminaria para ser instalada en las paredes de las albercas o fuentes, en unnicho que debe estar sellado contra la entrada de agua de la alberca.Luminaria sin nicho: Es un equipo de iluminación diseñado para instalarse encima o debajo del agua sinnicho.680-5. Transformadores e interruptores de circuito por falla a tierraa) Transformadores. Los transformadores utilizados para la alimentación de los aparatos subacuáticosjunto con su envolvente o carcaza, deben estar construidos a prueba de intemperie y sumergibles. Eltransformador debe ser del tipo de dos devanados con una barrera metálica puesta a tierra entre losdevanados primario y secundario.b) Interruptores de circuito por falla a tierra. Los interruptores de circuito por falla a tierra deben serunidades auto-contenidas, de tipo interruptor automático, receptáculo, u otros aprobados y listados.c) Alambrado. Los conductores del lado de la carga de un interruptor de circuito por falla a tierra o de untransformador, usados de manera que cumplan con los requisitos indicados en 680-20 (a) (1), no debenocupar tubo (conduit), cajas o envolventes que contengan otros conductores.Excepción 1: Los interruptores de circuito por falla a tierra, pueden utilizarse en un panel de alumbrado ycontrol que contenga circuitos protegidos por interruptores diferentes de los de protección por falla a tierra.Excepción 2: Los conductores de suministro del tipo de alimentación a través de un interruptor de circuitopor falla a tierra, se permiten en un mismo compartimento.Excepción 3: La instalación de los conductores del lado de la carga de un interruptor de circuito por falla atierra se permite en tubo (conduit), cajas o envolventes que contengan sólo conductores protegidos porinterruptores de circuito por falla a tierra.Excepción 4: Los conductores de puesta a tierra.680-6 Receptáculos, aparatos de alumbrado, salidas para alumbrado, dispositivos de interrupción yventiladores de techoa) Receptáculos1) No se debe instalar en el lugar ningún receptáculo a menos de 3 m de las paredes de una albercao fuente.Excepción: Un(Los) receptáculo(s) que proporcione(n) energía para el motor de una bomba de aguainstalada permanentemente en una alberca de natación, tal como se indica en 680-7, se permite suinstalación entre 1,5 m y 3 m de las paredes internas de la alberca; debe ser simultáneamente de tiposencillo, de candado y con terminal de puesta a tierra y debe estar protegido por un interruptor de circuitopor falla a tierra.2) Cuando se instale una alberca permanente en una vivienda o unidad habitacional ya construida, sedeberá colocar por lo menos un receptáculo de 120 o 127 V a una distancia mínima de 3 m y máximade 6 m de las paredes internas de la alberca de natación. Este receptáculo debe colocarse a no-másde 2 m sobre el piso, plataforma o piso alrededor de la alberca.3) Los receptáculos de 120 o 127 V situados dentro de 6 m de las paredes internas de la albercadeben estar protegidos por un interruptor de circuito por falla a tierra. Véase 210-8 (a) (3).

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