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39. norma oficial mexicana nom-001-se27sep - Mercado-ideal

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280 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 27 de septiembre de 1999determinar el valor <strong>nom</strong>inal de la corriente equivalente de plena carga. Úsense las Tablas 430-151A 430-151B para determinar el valor <strong>nom</strong>inal de la corriente eléctrica de rotor bloqueado.b) Controlador que sirve a más de una carga. Un controlador que sirve a más de un motor-compresor oa una unidad y otras cargas; debe tener un valor <strong>nom</strong>inal de corriente eléctrica de plena carga paraservicio continuo y una corriente de rotor bloqueado, no-menores a la carga combinada según sedetermina en la Sección 440-12 (b).F. Protección contra sobrecarga de los motores-compresores y de los circuitos derivados440-51. Requisitos generales. Los requisitos de la Parte F se aplican a los dispositivos destinados a protegera los motores-compresores, a los aparatos de control de motores y a los conductores de los circuitosderivados contra calentamiento excesivo debido a sobrecargas del motor y fallas en el arranque. Véase240-3 (e) a (h).NOTA: Una sobrecarga de un aparato accionado eléctricamente es una sobrecorrientede funcionamiento, la cual, si es mantenida por un periodo suficientemente largo,puede provocar daños o sobrecalentamientos peligrosos. No incluye cortocircuito ofalla a tierra.440-52. Aplicación y seleccióna) Protección al motor-compresor. Cada motor-compresor debe estar protegido contra sobrecargas yfallas en el arranque por uno de los medios indicados a continuación:1) Un relé de sobrecarga separado que sea adecuado para la corriente eléctrica de la unidad. Estedispositivo debe escogerse para disparar a no-más de 140% de la corriente de carga <strong>nom</strong>inal de unaunidad sellada.2) Un protector térmico que forme parte integral de la unidad sellada, aprobado para usarse con launidad sellada que protege, con objeto de evitar un sobrecalentamiento peligroso provocado porsobrecargas y fallas en el arranque.Si el dispositivo que interrumpe la corriente eléctrica está separado del motor-compresor y su circuitode control está accionado por un dispositivo de protección que forma parte integral de dicha unidad,debe disponerse de manera que la abertura del circuito de control provoque la interrupción de lacorriente hacia el motor- compresor.3) Un fusible o interruptor automático de tiempo inverso sensible a la corriente eléctrica del motor, elcual puede también servir como dispositivo de protección del circuito derivado contra cortocircuito yfalla a tierra. Este dispositivo debe tener una capacidad <strong>nom</strong>inal no-mayor a 125% de la corriente decarga <strong>nom</strong>inal del motor-compresor. Debe tener suficiente retardo de tiempo para permitir que elmotor-compresor arranque y acelere su carga. El equipo o motor-compresor debe llevar identificaciónde la máxima capacidad de este fusible, del circuito derivado o de la capacidad <strong>nom</strong>inal delinterruptor automático de tiempo inverso.4) Un sistema de protección suministrado o especificado y aprobado para usarse con el motorcompresor,el cual protege evitando el sobrecalentamiento peligroso del equipo provocado porsobrecargas y fallas en el arranque. Si el dispositivo de interrupción de corriente está separado de launidad sellada y su circuito de control es accionado por un dispositivo de protección que no formaparte integral del dispositivo de interrupción de corriente, debe disponerse de tal manera que laabertura del circuito de control provoque la interrupción de la corriente eléctrica hacia la unidadsellada.b) Protección de los aparatos de control de unidades selladas y de los conductores de circuitosderivados. El controlador del motor-compresor, los medios de desconexión y los conductores del circuitoderivado deben estar protegidos contra sobrecorriente debida a sobrecargas en el motor y fallas en elarranque, por uno de los medios indicados a continuación, el cual puede ser el mismo dispositivo osistema que protege a la unidad sellada de acuerdo con lo indicado en 440-52 (a).Excepción: Para unidades selladas y equipo en un circuito derivado monofásico de 15 o 20 A como seindica en 440-54 y 440-55.1) Un relé de sobrecarga seleccionado de acuerdo con lo indicado en 440-52 (a)(1).2) Un protector térmico aplicado de acuerdo con lo indicado en 440-52 (a)(2) y que no permita unacorriente eléctrica constante mayor de 156% de la corriente de carga <strong>nom</strong>inal indicada o de lacorriente para selección del circuito derivado.3) Un fusible o interruptor automático de tiempo inverso seleccionado de acuerdo con lo indicado en440-52 (a)(3).4) Un sistema de protección de acuerdo con lo indicado en 440-52 (a)(4) y que no permita unacorriente eléctrica constante mayor de 156% de la corriente de carga <strong>nom</strong>inal indicada o de lacorriente para selección del circuito derivado.440-53. Elementos térmicos de sobrecarga. Los relés de sobrecarga y otros dispositivos para protección demotores contra sobrecarga, que no son capaces de interrumpir corrientes de cortocircuito, debenprotegerse con fusibles o interruptores automáticos de tiempo inverso, de capacidad o ajuste de acuerdocon lo indicado en la Parte C, a menos que estén aprobados para ser instalados en grupo o para motorescon devanado partido y que lleven la identificación de la capacidad máxima del fusible o del interruptorautomático de tiempo inverso por los cuales deben estar protegidos.

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