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39. norma oficial mexicana nom-001-se27sep - Mercado-ideal

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476 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 27 de septiembre de 1999c) La distribución de los circuitos y dispositivos debe ser tal que en el caso de falla de una fase, no seafecte a más de la tercera parte del total de lámparas o señales instaladas en forma alternada en el eje dela ruta de evacuación.d) Los tableros de distribución se deben instalar en locales a los que no tenga acceso el público yseparados de otros locales donde exista un peligro de incendio o de pánico (cabinas de proyección,escenarios, salas de público, aparadores, etc.). Cerca del tablero se debe colocar una placa con indicacióndel circuito a que pertenece cada uno de los interruptores de los circuitos derivados.e) El local que aloja a los interruptores principales y tableros del sistema eléctrico, contará con su propiosistema de alumbrado de emergencia o deberá estar conectado a un circuito de este sistema, segúnconvenga.f) Los conductores portadores de corriente eléctrica deben estar aislados para una tensión eléctrica<strong>nom</strong>inal no-inferior a 600 V, con aislamiento no-propagador de la flama, de baja emisión de humos y debaja toxicidad.g) En áreas de cuidado de la salud, grandes hoteles, locales de espectáculos de gran capacidad,estaciones de pasajeros, estacionamientos subterráneos, aeropuertos y establecimientos comerciales congran afluencia de público, las fuentes propias de energía deben poder suministrar además de los tipos dealumbrado aquí mencionados, la energía necesaria para atender otros servicios urgentes oindispensables.ARTÍCULO 710 - INSTALACIONES CON TENSIONES ELÉCTRICAS NOMINALES MAYORES A 600 VA. Disposiciones generales710-1. Alcance. Este Artículo cubre los requisitos generales para todos los circuitos y equipo que operan amás de 600 V <strong>nom</strong>inales.710-2. Definición. Para los propósitos de este Artículo, el término "Alta Tensión eléctrica" se aplica atensiones eléctricas de operación mayores a 600 V <strong>nom</strong>inales.710-3 Otros Artículos. Las disposiciones aplicables a tipos específicos de instalación están comprendidas enlos siguientes Artículos:ConceptoArtículoAcometidas 230Alimentadores y derivados exteriores 225Anuncios luminosos y alumbrado de realce 600Apartarrayos 280Cajas de registro y dispositivos de empalme 370Capacitores 460Conductores para alambrado en general 310Ductos con barras (electroductos) 364Cordones y cables flexibles 400Definiciones 100Luminarias, portalámparas, lámparas y receptáculos 410Métodos de alambrado 300Motores, circuitos de motores y sus controladores 430Protección contra sobrecorriente 240Puesta a tierra 250Requisitos de instalaciones eléctricas 110Resistencias y reactores 470Soportes tipo charola para cables 318Transformadores y bóvedas de transformadores 450710-4. Métodos de alambradoa) Conductores por encima del nivel del piso. Los conductores para instalaciones sobre el nivel delpiso, deben ser instalados en tubo (conduit) metálico tipo pesado, tubo (conduit) metálico tipo semipesado,tubo (conduit) no-metálico rígido, soporte para cables tipo charola, ductos con barras (electroducto), ductocon cables, y en otras canalizaciones adecuadas o en trayectorias abiertas de cable con gabinete metálicoadecuado para ese uso.En sitios accesibles únicamente a personal calificado, pueden usarse cables Tipo MV en trayectoriasabiertas, conductores desnudos o barras desnudas.b) Conductores en instalaciones subterráneas. Los conductores en instalaciones subterráneas debenestar identificados para la tensión eléctrica y para las condiciones en las que se instalen.Los cables directamente enterrados deben cumplir con las disposiciones indicadas en 310-7. En víapública no se permite el uso de cables directamente enterrados (véase los Artículos 311 y 711).Los cables subterráneos pueden instalarse directamente enterrados o dentro de canalizaciones adecuadaspara ese uso, y deben cumplir con las especificaciones de profundidad indicadas en la Tabla 710-4(b).Los cables sin pantalla pueden instalarse en tubo (conduit) metálico tipo pesado, tubo (conduit) metálicotipo semipesado o en tubo (conduit) no metálico rígido embebido en concreto con espesor no-menor de 76mm.

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