12.07.2015 Views

39. norma oficial mexicana nom-001-se27sep - Mercado-ideal

39. norma oficial mexicana nom-001-se27sep - Mercado-ideal

39. norma oficial mexicana nom-001-se27sep - Mercado-ideal

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

544 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 27 de septiembre de 1999922-40. Aplicación. Los requisitos de esta Parte D se refieren a la altura mínima que deben guardar losconductores desnudos y cables aislados de líneas aéreas, con respecto al suelo, al agua y a la partesuperior de rieles, así como a la altura mínima de partes vivas de equipo sobre el suelo.922-41 Alturas básicas para conductores. Las alturas básicas deben ser como mínimo las indicadas en laTabla 922-41, y se aplican bajo las siguientes condiciones:a) Temperatura en los conductores de 50 °C.b) Flecha final sin carga, en reposo.922-42 Alturas adicionales para conductores. Las alturas básicas que se indican en la Tabla 922-41, nodeben incrementarse cuando los claros sean iguales o menores que los antes citados y la temperatura delconductor no exceda de 50 °C.a) Tensión eléctrica mayor a 50 kV a tierra. Para tensiones eléctricas entre 50 y 470 kV, la altura básicade conductores debe incrementarse 1,0 cm por cada kV en exceso de 50.Dicho incremento debe aumentarse 3% por cada 300 m de altura en exceso de 1 000 m sobre el nivel delmar.Excepción: En cruzamientos sobre vías de ferrocarril en la Zona I, debe aplicarse a la altura básica unincremento de 1,5 cm por cada metro del claro en exceso de 75 m.Los incrementos anteriores no requieren ser mayores que la diferencia aritmética entre las flechas finalessin carga, en reposo, a temperaturas en el conductor de 50 °C y 15 °C, calculadas para el claro de que setrate.922-43. Altura de partes vivas de equipo instalado en estructurasa) Altura básica mínima. La altura básica mínima sobre el suelo, de partes vivas de equipo no protegidas,tales como terminales de transformadores y apartarrayos y tramos cortos de conductores eléctricosconectados al equipo, se indica en la Tabla 922-43.b) Altura adicional. Para tensiones eléctricas mayores a 22 kV, la altura básica anterior debeincrementarse 1,0 cm por cada kV en exceso de 22. Dicho incremento debe aumentarse 3% por cada 300m de altura en exceso de 1000 m snm.Tabla 922-41 Altura mínima de conductores sobre el suelo, agua o vías férreas (m) (1)Naturaleza dela superficiebajo losconductoresConductores decomunicaciónaislados,retenidas,mensajeros,cables deguarda,conductoresneutros ycableseléctricosaislados (2)Conductores decomunicación desnudo,cablessuministradores de 0 a750 VCablessuministradoresaislados demás de 750V yconductoressuministradores enlínea abiertade 0 a 750V (3)Conductoressuministradores en líneaabierta demás de 750 VHasta 22 kVConductoressuministradores detrolebuses y treneseléctricos y sus mensajeros0 a 750 Va tierra (4) Arriba de 750V hasta 22 kVa tierraVías férreas(excepto treneselectrificados)Carreteras,callescallejones ycaminosvecinales(7)(8)(11) Espaciosno transitadospor vehículosAgua donde noestá permitidala navegación7,2 7,3 7,5 8,1 6,7 6,74,7 4,9 5,0 5,6 5,5 6,12,9 (6) 3,6 (6) 3,8 (6) 4,4 4,9 5,54,0 4,4 4,6 5,2 -- --

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!