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39. norma oficial mexicana nom-001-se27sep - Mercado-ideal

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58 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 27 de septiembre de 1999NOTA 3: Cuando exista dispositivo de protección contra fallas a tierra para el medio dedesconexión de la acometida y se conecte con otro sistema de alimentación a travésde un dispositivo de transferencia, pueden ser necesarios otros medios o dispositivosque aseguren la detección de la puesta a tierra del dispositivo de protección.c) Pruebas de funcionamiento. Una vez instalado, se debe probar el funcionamiento del sistema deprotección contra fallas a tierra. La prueba se debe hacer siguiendo las instrucciones que se suministrencon el equipo. Se debe hacer un informe escrito de esta prueba y ponerlo a disposición de la autoridadcompetente.H. Acometidas de más de 600 V <strong>nom</strong>inales230-200. Disposiciones generales. Los conductores y equipos de acometida utilizados en circuitos de másde 600 V <strong>nom</strong>inales deben cumplir las disposiciones aplicables de todas las secciones anteriores de esteArtículo y las siguientes, que complementan o modifican a las anteriores. En ningún caso se debe aplicarlo establecido en la Parte H a los equipos instalados del lado de alimentación en el punto de acometida.230-202. Conductores de acometida. Los conductores de acometida a inmuebles o a construcciones sedeben instalar conforme a lo siguiente:a) Tamaño <strong>nom</strong>inal de los conductores. Los conductores de entrada de acometida no deben sermenores a 13,3 mm 2 . (6 AWG), excepto en cables multiconductores. Los cables multiconductores nodeben ser menores a 8,367 mm 2 (8 AWG).b) Métodos de alambrado. Los conductores de acometida se deben instalar según alguno de los métodosde alambrado que se indican en 710-4.c) Cruce de calles y acceso a edificios. Para atravesar muros de edificaciones, cimentaciones o calles,debe dejarse un conducto de reserva por cada circuito.230-203. Letreros de advertencia. En todos los lugares en los que personas no-calificadas puedan entrar encontacto con partes energizadas, se deben poner a la vista letreros de advertencia con las palabras"PELIGRO, ALTA TENSIÓN ELÉCTRICA ¡ ALÉJESE!”230-204. Desconectadores de aislamientoa) Cuándo se requieren. Cuando el medio de desconexión sea un desconectador en aceite, aire ohexafluoruro de azufre deberá instalarse un interruptor en aire de aislamiento en el lado del suministro delmedio de desconexión y el equipo asociado.Excepción: Cuando dichos equipos vayan instalados sobre paneles removibles o tableros metálicos queno se puedan abrir si no se desconecta el circuito y que, cuando se quitan de su posición <strong>norma</strong>l defuncionamiento, desconectan automáticamente al desconectador o interruptor automático de todas laspartes energizadas.b) Fusibles usados como interruptor de aislamiento. Cuando los fusibles sean de un tipo que permitautilizarlos como medio de desconexión, un grupo de dichos fusibles se podrá utilizar como desconectadorde aislamiento.c) Accesible sólo a personas calificadas. El desconectador de aislamiento sólo debe ser accesible apersonas calificadas.d) Conexión de puesta a tierra. Los desconectadores de aislamiento deben estar provistos de mediospara conectar directamente a tierra a los conductores del lado de la carga, cuando se desconecten de lafuente de alimentación.No será necesario un medio de conexión a tierra de los conductores del lado de la carga para losdesconectadores de aislamiento duplicados, que estén instalados y mantenidos por la compañíasuministradora de energía eléctrica.230-205. Medios de desconexióna) Ubicación. Los medios de desconexión de la acometida deberán estar localizados según lo establecidoen 230-70.b) Tipo. Cada medio de desconexión de la acometida debe desconectar simultáneamente a todos losconductores de fase de la acometida no-puestos a tierra que dependan de él, y debe tener una corrientede interrupción no-menor a la corriente eléctrica máxima de cortocircuito posible en las terminales dealimentación.Cuando se instalen interruptores con fusibles o fusibles de montaje separado, se permitirá que lascaracterísticas del fusible contribuyan a fijar la capacidad de cierre bajo falla del medio de desconexión.230-206. Dispositivos de protección contra sobrecorriente utilizados como medio de desconexión.Cuando el interruptor automático de un circuito o el medio alternativo utilizado según se indica en 203-208como dispositivo de sobrecorriente de la acometida, cumplan los requisitos indicados en 230-205, debenconstituir el medio de desconexión de la acometida.230-208. Requisitos de protección contra sobrecorriente. Un dispositivo de protección contra cortocircuitosdebe ser provisto en el lado de la carga o como parte integral de la desconexión de la acometida, y deberáproteger a todos los conductores de fase que dependan de él. El dispositivo de protección debe ser capazde detectar e interrumpir cualquier corriente eléctrica que supere su punto de disparo o de fusión y quepueda producirse en la instalación. Se debe considerar que un fusible de capacidad <strong>nom</strong>inal continua queno supere al triple de la capacidad de conducción de corriente del conductor o un interruptor automático

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